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Acerca de gisbertsusana

Fiscal con vocación de artista. Me tomo la vida con mucho humor y siempre subida en mis tacones.

Amnistía: la cuestión


              Todo el mundo cree saber lo que es una amnistía. De hecho, ha habido algunas históricas como la nuestra del año 1977, que marcó una época y que como tal dio lugar a varios títulos en el cine, como Modelo 77. Más allá de nuestro país, encontramos títulos como Amnistía o Argentina 1985, entre otras. Y es que el cine siempre refleja la realidad histórica más o menos reciente.

              En nuestro teatro parece difícil que, a priori, nos encontremos con algún caso en nuestro día, pero no cabe duda de que, con la que está cayendo, en pasillos y cafetería es frecuente tea de atención. Y no es para menos.

              Pediré disculpas por la frivolidad, pero no puedo evitar contar una anécdota de mi infancia. Una infancia de niña de la Transición que no se enteraba de nada y que fue comprendiéndolo todo con el paso del tiempo. Pues bien, no sé si es algo que oía yo, o que alguien se quiso quedar conmigo y me lo contó así, pero es oír esa palabra y recordar un cántico que me hacía mucha gracia “libertad, amnistía y un chalé para mi tía”, Nunca he sabido si ese grito realmente existió o fue mi imaginación, pero lo que bien puede imaginar quine me lea es la cara de mis padres cuando me vieron llegar a casa gritando semejante lema. Y es que todo tiene su anécdota, por denso que parezca el tema. No hay más que rastrear un poco en la memoria. Y en el sentido del humor por descontado.

              En estos días un tanto convulsos, se habla de “amnistía” con una connotación negativa, como una exigencia de alguien para que otro alguien logre algo -a bue entendedor…- y cuyo encaje constitucional cuestionan varias voces, más o menos autorizadas, con más o menos razón. Porque, como bien sabemos en nuestro teatro, en Derecho todo es opinable.

              Sin embargo, la palabra Amnistía la primera evocación que nos trae, más allá de estas veleidades políticas. es positiva. De hecho, una de las organizaciones de Derechos Humanos más asentadas y prestigiosas se llama Amnistía Internacional. A ella se deben varios hitos de lucha por los derechos de todas las personas en situaciones francamente opuestas a todo lo que huela a libertad.

              Por otro lado, las leyes de amnistía han supuesto, con más o menos acierto según el caso, la manera de acabar con un régimen dictatorial y atravesar la frontera de la democracia. Es el caso de nuestra Ley de Amnistía de 15 de octubre de 1077. Ley 46/77, a punto de cumplir 46 años. No está de más recordar lo que amnistiaba aquella ley, destinada a eliminar todo lo relacionado con delitos políticos de la dictadura. Así, amnistiaba:

a) Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis.

b) Todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis y el quince de junio de mil novecientos setenta y siete, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España.

c) Todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el seis de octubre de mil novecientos setenta y siete, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas.

              Un espíritu parecido tenía la denominada ley de punto final argentina y otras similares, con más o menos acierto en su redacción y en su interpretación.

              Pero ¿qué es en realidad la amnistía? Según la Wikipedia es un instrumento jurídico del Poder Legislativo, que tiene por efecto la posibilidad de impedir en un periodo de tiempo el enjuiciamiento penal y, en algunos casos, las acciones civiles contra ciertas personas o categorías de personas con respecto a una conducta criminal «específica» cometida antes de la aprobación de la amnistía; o bien, la anulación retrospectiva de la responsabilidad jurídica anteriormente determinada. Por s parte, la RAE, la define, de forma corta, concisa y contundente como “Perdón de cierto tipo de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores”. Otra definición, que me aporta San Google, es la que considera la amnistía como “Derogación retroactiva de la consideración de un acto como delito, que conlleva la anulación de la correspondiente pena”.

              De modo que sus fundamentales características serían la retroactividad, su referencia a supuestos determinados y que tiene lugar sin necesidad de que los hechos o las personas hayan sido enjuiciados, lo que la diferencia del indulto, que siempre se refiere a penas impuestas por sentencia firme y que ya tuvo su estreno.

              El quid de la cuestión a fecha de hoy es si la amnistía tiene encaje constitucional o, es contraria a nuestra norma suprema. Y es difícil, si no imposible, dar una respuesta en barbecho. ES imposible saber si una eventual ley es inconstitucional si la ley siquiera existe. Habrá que esperar al momento, si se produce, en que se apruebe tal ley.

              ¿Y tiene encaje la figura jurídica en abstracto en nuestra Constitución? Pues no me queda otra que hacer un ejercicio de galleguismo ni si, ni no ni lo contrario. Es cierto, como se ha dicho, que la Constitución no la prohíbe, como no prohíbe tantas otras cosas, porque tendría que ser infinita para abarcar todos lo supuestos posibles, Lo que hay que discernir es si su aplicación vulnera algún precepto constitucional, fundamentalmente los que hacen referencia a derechos fundamentales. Y eso es imposible saberlo sin conocer los términos en que eventualmente se redacte. Y si no, a ver quién es la guapa que presenta un recurso de inconstitucionalidad contra una ley que no existe. Sería un recurso de inconstitucionalidad fantasma, y, o han cambiado mucho las cosas, o esto no está previsto en los supuestos susceptibles de recurso. Es lo que hay

Con todo, lo que es una auténtica lástima es que algo diseñado para zanjar una etapa e instaurar la concordia se utilice como un instrumento para logar exactamente lo contrario. La manzana de la discordia

              Y con esto, acabo estas disertaciones, aunque del tema se seguirá hablando largo y tendido. Por eso daré mi aplauso solo a quienes piensas antes de hablar en los medios, que cada día son menos. Al resto, tomates. Y sin amnistía posible

Presión: cuando no se llega a todo


              Vivir al límite de nuestro aguante es algo que nos sucede cada día más. El cine ha reflejado lo que es estar Bajo presión, aunque no es el único título que refleja esta sensación. La insoportable levedad del ser nos atenaza, a veces bajo El insoportable peso de un talento descomunal. En otras, acabamos con Un día de furia, y todo se va al carajo. Y es que cuando no se aguanta más, es difícil seguir adelante.

              En nuestro teatro es frecuente encontrarnos bajo presión. De hecho, mucho más frecuente de lo que debiera. Plazos, señalamientos que se solapan o acumulación de trabajo son algunos de los factores que lo motivan, a lo que hay que sumar la autoexigencia de cada cual, que puede llegar a límites insoportables

              Si nos fijamos en cada uno de los colectivos que formamos parte de Toguilandia, veremos que todos tenemos nuestras propias causas y niveles de presión. Y es que en todas partes cuecen habas y en nuestro teatro a calderadas.

              La judicatura y la fiscalía nos sentimos presionados desde el primer momento en que nos ponemos la toga por el colapso de muchos juzgados. De hecho, cuando menor es la veteranía mayor es la carga de trabajo porque cuando aterrizamos en este mundo siempre nos toca lo peor. Y lo peor, en nuestro caso, es más trabajo y menos medios. Y mucha, mucha presión. He conocido personas a punto de dejar la carrera en estos destinos casi malditos. Pero sobrevivimos. Qué remedio.

              Aunque quizás donde la presión es mayor es en las causas con preso, que, además de poderse llamar causas con prisa, queman. Literalmente. Uno de los primeros consejos que se nos dan al llegar a este mundo es ese de que nunca se nos pase el plazo de prisión preventiva. Y para eso, hay que despachar la causa con toda la celeridad posible. Y con la que no es posible, también.  Por si las moscas.

              Otro tanto ocurre con los LAJ , aunque no siempre nos acordemos de ellos. En su caso, la presión extra puede venir motivada por el hecho de tener que manejar las cuentas de los juzgados, que en algunos casos pueden alcanzar cifras de vértigo o en la llevanza de los registros, como el famosos SIRAJ -referente a medidas de protección de violencia doméstica y de género-, que parece que siempre pide pan.

              Y, por si todo esto fuera poco, tenemos la dichosa estadística como una espada de Damocles sobre nuestras espaldas. Porque tanto da que nuestro trabajo conste registrado en todos los programas informáticos del mundo -Lexnet, Cicerone y similares, Fortuny-, que a la hora de la verdad hay que presentar una estadística que poco dista de la de mis primeros días, con palotes. Es incluso peor, porque ahora los palotes hay que meterlos en otro programa informático nada amigable, por decir con suavidad. Ya tuve oportunidad de contar en otro estreno estos absurdos que siguen amargándonos la existencia y restando tiempo a lo reamente importante. A ver si alguien lo soluciona de una vez. Y a ver si, de paso, dejan de devolvérnoslos por tonterías como me ocurría el otro día en que desde las altas instancias me devolvían una estadística porque consideraban incompatible que hubiera hecho un juicio en una Sala y unas comparecencias de medida cautelar en un Juzgado. Y tuve que explicar -en el hueco previsto para ello, faltaría más- que los días tienen 24 horas y se puede hacer una cosa por la mañana y otra por la tarde, en la guardia. Elemental, querido Watson.

              Pero hay más operadores jurídicos en nuestro escenario, que sufren la presión tanto o más. Se trata, de una parte, de la Abogacía y, de otra, de la Procura, siempre corriendo de un lado a otro. La existencia de plazos, los fallos de Lexnet y la falta de comprensión de algunas Señorías cuando les coinciden señalamientos hacen que su vida se desarrolle con mucha frecuencia al borde del ataque de nervios, cuando no directamente en él.

              Incluso hay quienes de ellos insisten en que les apretamos demasiado para que lleguen a una conformidad, aunque yo no soy quién para dar esto por cierto. Quedémonos con lo de que más vale un mal acuerdo que un buen juicio, y corramos un tupido velo en cuanto al resto, Más nos vale.

              Y hasta aquí, el estreno de hoy. No presionaré a nadie para dar el aplauso, pero bien lo merecemos quienes vivimos cada día bajo presión. Y mucho me temo que ahí seguiremos. No nos queda otra

Alzheimer: un cuento especial


Relato ganador del 2º premio del Certamen Literario AFAEX “Más allá de la memoria”
(Lucha contra el Alzheimer) Badajoz, 2013

LA VUELTA DE CLARA

—Te traigo todos estos cuentos. Quizás alguien los podrá utilizar.

—Pero, ¿qué ha pasado?

—Ya no los necesito…


Los ojos de Lucía se llenaron de lágrimas en ese momento. Pero desde que entró por
la puerta yo ya sabía que algo terrible le había pasado. Y no me equivocaba.
Lucía era uno de los pocos clientes habituales que tenía mi modesta librería de barrio.
Desde hacía mucho tiempo, más del que podía recordar, Lucía visitaba mi pequeña tienda todos los viernes del año, sin faltar ni uno, y se llevaba un libro de cuentos infantiles. Eran para una sobrinita suya llamada Clara a la que jamás vi, pero me gustaba imaginarla junto a una niña pequeña que esperaba ansiosa la vista de su tía con el cuento que cada semana le regalaba. Yo fantaseaba con aquella criatura que, más allá de la tecnología de su tiempo, sabía disfrutar de la lectura. Y escogía los mejores cuentos, los más bonitos, los más brillantes, para no decepcionar a aquella niña a la que nunca conocería.
Fue aquel día cuando supe que jamás tendría oportunidad de conocerla. Lucía simplemente
asintió cuando le pregunté si Clara se había ido para siempre. Y me entristecí más de lo que era capaz de reconocer con la idea de que Lucía ya no visitaría mi local…
No fue hasta unos meses más tarde cuando supe que Lucía nunca tuvo una sobrina. Por
casualidad, apareció en mi librería una amiga suya, que en un par de ocasiones le había
acompañado. Como la recordaba, le pregunté por ella, y me interesé sobre si había superado la pérdida de su sobrina Clara .La amiga me miró con cara de infinita sorpresa y me dijo que la sobrina en cuestión nunca existió. Cuando vio mi expresión, creo que comprendió lo que pasaba, y me invitó a un café, que acepté sin dudar

Supe por boca de su amiga que los cuentos infantiles que compraba Lucía no eran par ninguna niña, sino para una mujer de más de ochenta años, su abuela. Abuela y nieta siempre habían estado muy unidas, y Lucía estuvo más pendiente de ella que nadie cuando el tiempo empezó a arrebatarle la memoria. Mucho antes de que el médico diagnosticara la fatídica enfermedad, Lucía ya intuyó lo que pasaba. Primero fueron pequeños olvidos, luego, dificultad en encontrar las palabras adecuadas en cada momento y, antes de que se quisieran dar cuenta, una fuerza más poderosa que un ciclón acabó borrando la mayoría de los conocimientos que le había llevado aprender toda una vida. A Lucía le costó asumirlo, pero más aún le costaba resignarse a tratar a su querida abuela como otros hacían, como un animalillo al que se cuidaba con cariño pero al que no se comprendía. Lucía se empeñó en entrar en su mundo, en seguir compartiendo con ella tardes de merienda y charla, y al final lo consiguió. Encontró la clave el día que su abuela, que ya hacía tiempo que no la reconocía, la llamó Clara, y la reprendió por llevar los labios pintados.

Lucía le siguió la corriente, y se percató de que la trataba como si ambas fueran niñas pequeñas, escondiendo sus secretos a sus madres. Así que le preguntó a la suya quién era Clara y aunque le costó un poco, finalmente lo descubrió. Clara fue la amiga de la infancia de su abuela, una niña que vivía en la casa vecina y con la que compartió sus juegos hasta que un día desapareció, recién cumplidos los once años. Jamás supo qué fue de ella, pero en aquella época convulsa, en plena Guerra Civil, cualquier cosa podría haberle pasado, podría haber muerto en algún bombardeo, o haberse exiliado del país con sus padres, o incluso podría ser alguno de aquellos niños de la guerra que enviaron a Rusia de los que hablaron los periódicos.

Así que, como la caprichosa memoria de su abuela se obstinó en volver a aquel tiempo, ella decidió ser su compañera de viaje y asumir la personalidad de Clara, la amiga perdida. La cosa funcionó y, aunque no siempre la reconocía como Clara, la mayoría de los días su abuela era feliz volviendo a la infancia con su amiga del alma, y ella también lo era. Precisamente por eso, pensó que leer libros juntas sería una gran idea y, como en casa no encontró ninguno que le pareciera adecuado, empezó a frecuentar la librería en busca de cuentos que le gustaran. Resultó ser una gran idea. Era maravilloso verla disfrutar con aquellas páginas de Caperucita, Cenicienta, La Sirenita o Los Tres Cerditos como si no conociera la historia, y Lucía supo disfrutar con ella como si también volviera a ser una niña. Su madre no entendía cómo no lo pasaba mal viendo cómo aquella mujer que estudió tanto, que fue una de las primeras en tener una carrera universitaria, que fue una pionera en su tiempo, hacía cosas propias de una niña de menos de ocho años. Pero Lucía no pensaba así, Lucía era feliz de poder seguir disfrutando de su abuela y de haber encontrado la manera de meterse en su mundo.

Pero aquel cuerpo de ochenta años ya no pudo aguantar la vitalidad de una mente de ocho, y un día, sin que nadie pudiera remediarlo, quiso saltar como la niña que llevaba dentro y se quebró su cuerpo envejecido. Sobrevivió a la caída, pero no a la operación para restaurar sus huesos fracturados. Y se marchó de ese mundo que ya no era el suyo, dejando a Lucía un vacío más grande del que nadie pudiera imaginar.

Ahora ya hace un par de años que Lucía perdió a su abuela, y quiero pensar que yo le ayudé a superarlo. Tras conocer la historia que encubría la sobrina imaginaria, la busqué. Pronto di con ella, y le conté lo que sabía, y lo que me habían impresionado ella y su fantástica relación con esa abuela a la que idolatraba. Y poco a poco, también nosotros iniciamos una fantástica relación.

Pero quería hacer algo especial que le devolviera la alegría, un regalo que nadie podría hacerle. Y tuve suerte. Indagando por el barrio, no me fue difícil encontrar lo que buscaba.

Y hoy precisamente, el día en que Lucía y yo vamos a unir nuestras vidas, voy a darle mi regalo….


Cuando Lucía ha entrado y ha visto a una desconocida mujer mayor, se ha quedado muy
sorprendida. Pero como yo ya sabía, sus palabras le han devuelto algo que había perdido dos años
atrás:
—Hola Lucía. Me ha encantado saber que has ocupado mi sitio en mis juegos de niña. Gracias
por devolverme a una infancia que siempre añoré…
Aquella mujer era la verdadera Clara, que no había muerto en ningún bombardeo ni se
había ido a Rusia. Simplemente, emigró junto con sus padres en busca de cobijo en el pueblo de unos familiares, en donde apenas les afectó la guerra. Hacía ya mucho tiempo que regresó a la ciudad, pero nunca volvió a coincidir con su amiga de la infancia. Y ahora, Lucía se la había devuelto. Y Lucía había reencontrado a su abuela en los recuerdos de Clara. Y eso no se lo arrebataría nadie. Al final, el olvido que quiso invadir la mente de su abuela había perdido la partida.

Orden de protección: la medida


              Hay que proteger a quien lo necesita. Eso es algo que no se discute, y que tienen, como todo, reflejo en el cine. Encontramos desde Una protección venenosa hasta un almibarado Programa de protección de princesas, pasando por el título de una seri de éxito, Los protegidos. Y es que la seguridad -o la falta de ella forma parte de la vida.

              En nuestro teatro proteger a las víctimas es una de las prioridades, sin duda. Pero de las diferentes maneras de protegerlas, a las que ya dedicamos varios estrenos cuando hablamos de las medidas cautelares (prisión, alejamiento , medidas económicas …) hay una que merece capítulo aparte, porque todo el mundo cree que sabe lo que es, pero hay más de un error, dentro y fuera de Toguilandia y, sobre todo, en medios de comunicación con todólogos a toda mecha.

              ¿Qué por qué escribo esto ahora? Podría decir que porque el número de mujeres asesinadas en lo que va de 2023 es para hacérnoslo mirar, pero no es solo por eso. Resulta que en uno de esos ratos en que una puede ver la tele -ahora que se puede ver en directo, a la carta, e redes o en donde sea- oigo a una tertuliana supuesta experta jurídica diciendo algo que me hizo girar la cabeza como a la niña de El Exorcista. Refiriéndose al asunto de Jenni Hermoso soltó, ni corta ni perezosa, que el juez le había dado una orden de protección. Y no contenta con eso, añadió que era, para redondear, una orden de protección integral porque además de otorgarle el alejamiento, le daba también la prohibición de comunicación. Y se quedó más a gusto que un arbusto. O que un bosque entero, vaya.

              Supongo que quienes sean legos en Derecho pensarán que aquí está la tiquismiquis de turno poniéndole pegas a todo. Pero no es eso -o no solo, que un poco tiquismiquis puede que sea- sino que, si hay alguien experto en leyes, no se las puede inventar, porque luego la gente se las cree y pide cosas que son imposibles.

              Pero vayamos por partes. La orden de protección es una medida cautelar creada para proteger a las víctimas de violencia doméstica y violencia de género, tal como las entiende la ley, es decir, para las víctimas de violencia en la pareja o expareja -sean hombres, mujeres o parejas del mismo sexo- o de actos cometidos por su entorno familiar más próximo -ascendientes, descendientes, hermanos en algunos casos y personas vulnerables del núcleo familiar-. Con esto, me cargo de un plumazo dos leyendas urbanas, una por defecto y otra por exceso. No se creó solo para las mujeres, como defienden los negacionistas de la violencia de género, ni tampoco es aplicable a todos los casos de violencia contra mujeres si no existe tal vínculo, como el caso de la futbolista mentada.

              La orden de protección es integral no porque al alejamiento le sume la prohibición de comunicación como decía la opinóloga, sino porque incluye medidas civiles y penales. Esto es que, además del alejamiento y prohibición de comunicación que son las más habituales, pueden incluir otras como la prisión o la retirada de pasaporte en la vía penal y -y aquí el carácter integral- otras propias de un proceso de familia como atribución de domicilio, custodia de las hijas e hijos, régimen de visitas o pensión. Aquí está precisamente la novedad de las órdenes de alejamiento frente a cualquier otro tipo de medida cautelar, sus múltiples facetas. Y esto no es un capricho del legislador, sino la clave que permite a las mujeres empezar una nueva vida sin su maltratador. De poco serviría denunciar si no se quedaran resueltas, aun provisoriamente, todas estas cuestiones que, de no solucionarse, perpetúan el vínculo entre maltratador y maltratada. Es, por otro lado, evidente que no es para nada el caso que comentaba la señora aludida.

              Distinta de la orden de protección es la medida de alejamiento y prohibición de comunicación o auto de alejamiento, para abreviar, aunque también contenga la prohibición de comunicar. Esta medida es a la que se refería la buena señora, pero no le pareció suficientemente chulo el nombre y le dio otro, que para eso está. Y, por cierto, tampoco se llama orden de alejamiento. Ni mucho menos orden de alojamiento, auto de escarmiento ni prohibición de no aproximación, que sería como obligación de acercarse. Y más de una vez he oído esos nombres.

              También conviene repetir que los alejamientos -se llamen o no órdenes- los pene el juez o la jueza, pero no los particulares. Esa frase -o, mejor dicho, amenaza- de “te voy a poner un alejamiento que te vas a acordar” no es más que una bravuconada, porque se pueden solicitar, pero se otorgan o no, que no son churros. Y tampoco se quitan a voluntad, por más que haya quien insista en que “ella me ha quitado el alejamiento” para excusarse si vuelve a estar junto a la que fue su víctima. Quiera o no quiera ella -en violencia de género, muchas mujeres no son conscientes del riesgo que corren y perdonan a su maltratador- sin una resolución judicial que lo deje sin efecto, el alejamiento sigue ahí, y no respetarlo es cometer un delito de quebrantamiento. Además, si el alejamiento no es medida cautelar sino pena, n siquiera la autoridad judicial puede dejarlo sin efecto. Así que las víctimas no pueden poner ni quitar nada. Que quede claro.

              Así que hoy no hay aplauso sino tomates para quien desinforma. Y, como decía un magistrado en mis primeros tiempos toguitaconados in dubio, pro estudio

Premio Solidaridad: Gracias Grupo social ONCE


                Hoy este teatro mío no va a empezar como siempre, porque no se me ocurren títulos de películas que describan como me hicieron sentir, más allá de uno solo: Felicidad. Nada más y nada menos.

                Y es que el día 14 de septiembre de 2023 se quedará fijado en mi memoria como uno de esos momentos felices por los que vale la pena vivir. En un entorno tan maravilloso como Caixafórum, en plena Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia -y enfrente de la misma Toguilandia, la Ciudad de la Justicia- me hacían entrega del premio Solidaridad, que concede el grupo social ONCE, en la categoría de persona física. Según su propia nota, el premio se concede a Susana Gisbert Grifo “por su dilatada trayectoria en la defensa de los derechos de las mujeres y su incansable lucha por la erradicación de la Violencia de género desde la sencillez y el rigor”

                ¿Puede decirse más bonito? ¿Puede sentirse alguien más feliz de lo que me siento yo en estos momentos? Difícil, si no imposible.

                Y, por si la sola concesión fuera poco, el acto fue realmente precioso, de esos a los que una no quitaría ni podría nada. Bajo el título de “Próxima estación porvenir”, la gala nos transportaba a una estación de tren, donde, como como cada una de las paradas se nos contaban historias de superación que nos ponían los pelos como escarpias. Como colofón, en cada una de estas estaciones recogíamos un premio, y a mi me tocó la última. Podría decir que por aquello de que “el que ríe el último ríe mejor” si no fuera porque ayer reía todo el mundo. No era para menos.

                En las estaciones anteriores a la mía me acompañaron la Fundación Anar, Caixa Popular, la Clínica Jurídica para la Justicia Social de la Facultad de Derecho y el Programa 400 de APunt TV. Solo echar u vistazo a estos premiados da una idea de lo honrada que me siento por compartir con ellos esta distinción.

                No puedo reproducir literalmente el contenido de mi discurso de agradecimiento, porque, como tengo por costumbre, no llevaba papeles analógicas o digitales que leer ni notas de que echar mano. En estos casos, prefiero que hable el corazón y así es como lo hice, y voy a tratar de reproducir lo que dije o, al menos, su esencia.

                «La verdad es que, cuando una se enfrenta a ocasiones como estas, le pasa como a esos actores y actrices que llevan toda su vida ensayando el discurso que darán cuando les llegue el Oscar o el Goya y, llegado el momento, se encuentran con que les sobran las ideas y les faltan las palabras.

En mi caso, no es fácil, que me falten las palabras, pero, por si acoso la emoción hace de las suyas, no puedo dejar de decir cuatro cosas importantes

La primera, como no podía ser de otra manera, es mi agradecimiento mas sincero. Si cualquier premio es una alegría, cuando el premio proviene de una entidad que, como el Grupo social ONCE, dedica su existencia a conseguir la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad visual o cualquier otro tipo de discapacidad, la alegría se multiplica por infinito. Muchísimas gracias una y mil veces.

En segundo lugar, y como me ocurre siempre que me encuentro en este foro, me he de acordar de mi padre al que, aunque no podáis ver, sé que está aquí. Por él, y por todas las historias que le leía cuando sus ojos ya no podían leerlas, he llegado a ser lo que hoy soy.

Y, cómo no, hablando de viajes, he de dedicar el premio a quienes me han acompañado siempre en el camino. Mi familia y mis amigas. No se pude llegar a ningún sitio sin unos buenos compañeros de viaje, y yo tengo los mejores.

Por último, quiero que este galardón sirva para rendir homenaje a todas las víctimas de violencia de género y a todas las personas que sufren algún tipo de discriminación. Por ellas vale la pena seguir adelante«

Y hasta aquí, el estreno de hoy, con la historia más bonita del mundo. Mi aplauso es, desde luego, para el grupo social ONCE por toda su labor, y por contar conmigo para este trayecto. Mil gracias otra vez. Seguimos

Literatura: libros y Derecho


          Los libros son parte de nuestra vida. No solo muchos de ellos, han acabado siendo películas o series, sino que en algunos casos son el propio leit motiv de algunas de ellas. Por poner algún ejemplo, citaré Fahrenheit 451, La ladrona de libros, La lectora o La librería. Y, por supuesto, un título que adoro La sociedad literaria del pastel de piel de patata de  Guernsey, que reúne ambas características: habla de libros y se basa en un libro, como algunos otros entre los citados.

En nuestro teatro, los libros son una constante. En su vertiente física, o en la digital, nadie puede ejercer como jurista sin haberse dejado los ojos en los textos y sin seguir dejándoselos, porque pocas materias son tan cambiantes como las leyes.

Pero hoy no pretendía hablar de esos libros jurídicos, sino de otros, los de ficción, esos que conoce todo –o casi todo- el mundo y cuyos títulos bien podrían formar parte de lo que ocurre en Toguilandia. Que conste que no son necesariamente libros sobre juicios. Y que, por descontado, no están todos los que son, pero sí son todos los que están.

Entre los títulos más relacionados con nuestro teatro está, desde luego, el de Crimen y castigo, que define al Derecho Penal en solo 3 palabras. El mismo autor, Dostoievsky, también tiene otro título que encaja a la perfección en otra figura jurídica, en este caso, la atenuante analógica por ludopatía, El jugador. Y es que no hemos inventado nada. Nada, como escribía Carmen Laforet.

Los delitos de odio y discriminación también tienen cabida en títulos literarios. Bastante de eso sufren los protagonistas del Romancero gitano, por antigitanismo, o de Los santos inocentes, por aporofobia. Y es que no hace falta meterse en La boca del lobo para encontrar estas cosas, por más que haya quien piense que hacen Mucho ruido y pocas nueces.

Además, ante determinados delitos hay que tener una buena dosis de Sentido y sensibilidad, y dejar atrás todo sesgo de Orgullo y prejuicio. Porque por más que aparezca Un tipo encantador, no es oro todo lo que reluce. Por eso hay que mirar bien lo que se ve y lo que no se ve, De todo lo visible y lo invisible.

Por supuesto, no hay que perder de vista el Derecho comparado a la hora de tomar decisiones. No es lo mismo que aparezca El caballero de Moscú que La chica danesa, un Poeta en Nueva York que en el mismísimo Londres. O que venga una extranjera a España a hacer La tesis de Nancy.

¿Y qué decir de esos casos en que la propia novela acaba dando nombre más popular a alguna figura penal? Algo que, de vez en cuando, pasa, como con la llamada cláusula de Romeo y Julieta o el síndrome de Lolita.

También es importante el tiempo. Hay veces que, tras varias suspensiones de un mismo asunto, una anda En busca del tiempo perdido, si no es que se resigna a dejarlo pasar, y conformarse con Lo que el viento se llevó. A veces, desde que se cometió el hecho hasta que se juzga, es tal La metamorfosis que ha sufrido el autor que es difícil reconocerlo.

¿Y que decir del domicilio, que agrava algunos delitos y configura otros? Y no hace falta que se viva en El palacio de la luna, en El castillo de Windsor, en la mansión de Rebeca o en la Casa de muñecas. Se puede vivir en La barraca, Entre naranjos y Cañas y barro para que el Derecho actúe. Incluso si se vive en Marte, sea Verde, Azul o Rojo.

No obstante, no hay que salir de El camino, que el Derecho es lo que tiene., Hay que aplicar los códigos legales, y no otros como El Código da Vinci o El Código de la vida, y quien lo hace ha de ser El juez –o la jueza, claro está- y comportarse como El hombre tranquilo por más que a veces den ganas de darse a La fuga. Os lo aseguro

Y hasta aquí, esta pequeña tontería sobre novelas y Derecho. Sé que faltan muchas, especialmente todas las que se dedican a detectives que descubren crímenes, como Mis Marple, Hércules Poirot, Pepe Carvalho, Montalbano o Petra Regalado, entre otros muchos. Pero ya tendrán su propio estreno. Mientras tanto, demos un aplauso a quienes escriben libros y, como no, a quienes los leen. Porque, como dijo alguien, quien no lee vive una vida, pero quien lee vive muchas.

No me iré sin aprovechas para invitaros a un paseo por mis criaturas . Ellas también esperan lectores y lectoras. Y en nada, crecerán

Jueces que no son jueces: otros “tribunales”


              Las apariencias engañan. Hay cosas que parece que son algo que en realidad no son. Lo dice en refranero, y lo refleja en cine con títulos como Las apariencias o Falsas apariencias. Y es que no todo es lo que parece.

              En nuestro teatro sabemos bastante de eso. Entre lo que cree la gente que hacemos en Toguilandia y lo que hacemos en realidad, dista a veces un mundo. En ocasiones, se debe a que nuestra cultura audiovisual se nutre fundamentalmente de series y películas anglosajonas, cuyo sistema judicial se parece bastante poco al nuestro. En otros, es la propia denominación de determinados órganos la que lleva a confusión. Y en Derecho, como en la vida, no es oro todo lo que reluce.

              Y como el movimiento se demuestra andando, pensemos en un ejemplo reciente, el del TAD o Tribunal Administrativo del Deporte. No hay más que consultar la propia web del organismo en cuestión para saber que se trata de un órgano administrativo y no judicial, cuya función es revisar la actividad federativa en materia de dopaje, disciplina deportiva y garantía de la legalidad de los procesos electorales en nuestras actividades deportivas. O sea, nada de funciones jurisdiccionales. Nada de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Y, por supuesto, nada de judicatura profesional en su composición, no obstante lo cual, se han leído y escuchado verdaderas burradas al respecto por esos opinólogos que tanto hablan. Produce sonrojo leer determinados comentarios de quienes aprovechan que el Pisuerga pasa por Valladolid para meterse con el poder judicial , venga o no venga a cuento. Hay quien se ha atrevido a escribir, desde la más absoluta ignorancia, comentarios del tipo “con lo machistas que son los jueces españoles, ya se sabe lo que van a hacer” y cosas parecidas. Y se quedan más a gusto que un arbusto,

              Y es que con esto pasa lo que pasa con más cosas. Nadie las conoce ni son nada hasta que entran el ella un balón y unas botas con tacos. Lo vimos con el caso de los insultos racistas a un jugador, que cualquiera hubiera dicho que nunca hasta entonces se había hablado de delitos de odio, y lo vemos ahora con el caso de lo ocurrido en la final del Mundial de Fútbol femenino, que parece que ahora se descubre que hay algunas conductas que son agresión sexual, además de ser inadmisibles.

              Un ejemplo de las dos cosas -el poder del fútbol y jueces que no son jueces- se ve claramente en una anécdota que presencié hace tiempo. Llegábamos a un evento, y un compañero de la carrera hermana se identificaba diciendo “soy el Juez de Liria” -Liria es una ciudad de Valencia que da nombre a un partido judicial-, a lo que alguien le contestó “pues aquí no se juega ningún partido de fútbol”. Aun me río al recordarlo, aunque la cosa tenía perendengues. Habían creído que se trataba de un juez de línea -o juez de línea- de los que actúan en un partido de fútbol. Mucho más importantes y conocidos, don va a parar.

              No es el único caso que induce a confusión. Además de otros órganos administrativos, como el tribunal de Defensa de la competencia -que Wikipedia define como “órgano judicial autárquico”-, que, acertadamente, ha cambiado su denominación por la de “Comisión Nacional de la competencia”, o el Tribunal económico administrativo, hay más casos que inducen a confusión.

              Un caso peculiar es el de los Jueces de paz, que forman parte de la estructura judicial, aunque no ejercen funciones jurisdiccionales y cuyos miembros no pertenecen al poder judicial. Sus funciones son esencialmente de auxilio a los órganos judiciales por medio de notificaciones, citaciones, y similares.

              También pueden inducir a confusión los tribunales consuetudinarios y tradicionales , como el Tribunal de las Aguas de Valencia, reconocidos en la Constitución y que ejercen ciertas funciones jurisdiccionales, pero tampoco forman parte del poder judicial.

              Para terminar, citaré dos casos tan conocidos en su existencia como desconocidos en su naturaleza. En primer término, el Consejo General del Poder Judicial. Como todo el mundo sabe, porque los informativos lo repiten como un latiguillo, es el órgano de gobierno de los jueces. Pero eso no significa que formen parte del poder judicial, cuya función es, como se ha dicho, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. En su composición hay miembros de la judicatura porque así lo establece la ley, pero cuando actúan como CGPJ no ejercen jurisdicción. Y, además, parte de sus miembros no pertenecen a la carrera judicial.

              El otro caso es el del Tribunal Constitucional. Aunque se llame tribunal, aunque vistan con toga y pongan sentencias, y sus componentes se llamen magistrados y magistradas -muy pocas, por cierto- no pertenecen al poder judicial ni sus miembros son parte de la carrera judicial, aunque puedan provenir de ella. Su sistema de acceso y su composición nada tiene que ver con el poder judicial stricto sensu. Por más que, día sí, día también, haya políticos que, para criticar sus resoluciones, mezclen churras con merinas y, en una incorrecta generalización, se refieran a “todos los magistrados”.

Para acabar, un pequeño truco para deslindar el grano de la paja en lo que a tribunales respecta. En España, no hay más órganos judiciales que los que vienen enumerados y regulados en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que puede parecer una perogrullada, pero sirve. Y no todo el mundo lo sabe.

              Y hasta aquí, el estreno de hoy. El aplauso, como no, va destinado a quienes no confunden poder judicial con sus sucedáneos. Para el resto, los tomates.

Luchemos: Un lugar llamado Maravillas


Hoy, en nuestro teatro, un cuento. En estos días en que la Violencia de género nos está azotando con especial virulencia, un relato para leer y reflexionar

La ilustración, una vez más, es de @madebycarol y sus lápices mágicos

MARAVILLAS

Cuando todo esto acabe, iremos a Maravillas

Era lo que le decía siempre su madre. Y lo que él repetía, sin saber muy bien qué significaba. Solo sabía, según me dijo, que era un lugar extraordinario, un lugar donde las madres y los niños pueden pasear tranquilos por la calle, donde pueden ir a la playa cada día y acostarse en su cama cada noche sin cerrar el pestillo ni atrancar la puerta. Un lugar donde las mamás no dormían con un cuchillo debajo de la almohada ni les imploraban a los niños que estuvieran callados. Un lugar donde nadie lloraba.

Me lo contó con toda la seriedad que es posible en un niño de ocho años, relajando por un momento su sempiterno ceño fruncido.

No pude sacarle ni una palabra más. Pero me quedé con una congoja dentro de mí que me hizo acudir inmediatamente al director del centro donde hacía las funciones de psicóloga, orientadora escolar y alguna que otra cosa. El director le quitó importancia al tema, aunque dijo que estudiarían el caso para tomar medidas si procedía. Y nada más.

Soñé esa noche con un lugar llamado Maravillas, y pude ver todos los rincones de sus playas, sus calles tranquilas y a aquel niño paseando de la mano de su madre tras regresar de la playa.

Al día siguiente, la radio que hace las veces de despertador me obligó a iniciar la jornada con una noticia sobrecogedora. En mi propia ciudad, un niño de ocho años y su madre habían sido asesinados por su padre.

Se me encogió el corazón y supe de inmediato, sin necesidad de escucharlo, el nombre de aquella madre y su hijo.

Solo pude hacer una última cosa por ellos. Asegurarme de que les enterraban en un lugar tranquilo, con playa y unas hermosas calles donde pasear. Un lugar llamado Maravillas. Un lugar en el que ya nunca podré verlos. Un lugar en el que yo nunca podré estar.

Bulolegalismo III: más Derecho


              Engañar no es buena cosa, aunque a veces sí es rentable. Y, como pasa siempre, el cine se hace eco de ello con películas como El precio del engaño, Cita con el engaño o El engaño, mismamente. Y eso sin contar con los caos en que el engaño se convierte en estafa y da lugar a historias como La tonta del bote.

              En nuestro teatro el engaño tiene distintas manifestaciones una de las cuales es aquella a la que hemos dedicado dos estrenos ya: el bulolegalismo, tano en su vertiente relacionada con el Derecho Penal como con el Derecho Civil. Pero, como no son los dos únicos campos del Derecho, quedaba una tercera parte dedicada a otros ámbitos jurídicos. Que ya se sabe que no hay dos sin tres.

              Así que vamos al lío con esos bulos que no sabemos de donde vienen pero hay gente que defiende como si estuvieran escritas en piedra. Uno de ellos, tan incierto como injusto, es el de que la abogacía de pago es mucho mejor que el turno de oficio . Hay, incluso, quien insiste en que alguien no tiene derecho de defensa por no tener dinero. De hecho, me encontrado más de una vez con detenidos que protestaban exigiendo que vinieran “sus abogados” -otra leyenda urbana, como si tuviéramos un equipo a nuestra disposición- que son “de verdad” y no como esta que me ha tocado. También es verdad que ese supuesto equipo hay ocasiones que no llega nunca…por la sencilla razón de que no existe más allá de la imaginación del que lo reclama.

              Otro bulo que me hace mucha gracia es el que insiste en que la bolsa que alguien porta no pude ser registrada porque es una extensión del domicilio y está protegida por su inviolabilidad. Como si no tuviéramos que enseñar su contenido en lugares tan comunes como supermercados, aeropuertos o hasta para entrar en un museo. Una interpretación un tanto pintoresca de lo de “la bolsa o la vida” de las pelis de vaqueros.

              Tampoco es una extensión de nada el DNI, y aunque no sé de donde sale, sí sé hacia donde va ese bulo según el cual no nos lo pueden coger mientras lo llevemos en la mano. Faltaría más. Igual viene de ahí eso de “llevar el DNI en la boca” que tantas veces he escuchado.

              Parecido a esto es lo del derecho de admisión que, desde luego, no puede ser derecho a la exclusión. Uno puede determinar que no entre alguien en su local, o que se le expulse, si escandaliza, arma follón o se comporta de modo incorrecto; también puede, con los permisos oportunos, limitar la entrada una determinada edad, pero lo que no pude es decidir, de modo arbitrario, que no entren personas conculcando el derecho de igualdad el que habla la Constitución. Un local nunca puede prohibir la entrada a quienes practiquen determinada religión, pertenezcan a alguna etnia o cualquier otra circunstancia similar. Es más, en ese caso incurrirían en un delito de odio específico, el de negar a alguien la prestación de una actividad por esas razones. Hay, incluso, quien habla creyéndose dueño de la verdad absoluta, de que hay leyes antiblancos, antihombres o antiheteros. Y lo peor es que hay quien les cree.

              Otra creencia curiosa es la de que, si eres víctima de una clonación de tarjeta, te paga todo el seguro del Banco de España. Así que aviso a navegantes por si creían que así hay negocio, que nada de nada.

              También hay determinadas prácticas que aconsejan cuñados y no son nada buen consejo, como la de no coger las notificaciones que llegan a casa porque así no consta notificado. La Administración tiene sistemas de notificación para cuando pasa eso, porque de lo contrario irían aviados. Y hablando de administración, tampoco es cierto ese bulolegalismo de que el silencio administrativo siempre es positivo. Lo del que calla otorga lo dice el refranero, pero no siempre el Derecho.

              Hablando de esto, hay otra leyenda urbano-jurídica a propósito de las vacunas que cobró especial importancia en tiempos de COVID. Las vacunas, ni la del COVID ni ninguna, son obligatorias. Son recomendables e incluso pueden dar lugar a que no se permita la entrada a alguien en determinados lugares, como le ocurrió a un conocido tenista, pero no se puede obligar a ponérselas a nadie. Allá cada cual con las consecuencias.

              Y tampoco está prohibido que los menores de 12 años anden solos por la calle, aunque no sea tampoco recomendable que lo hagan a determinada edad. Una cosa es que un niño no pueda quedar abandonado a su suerte en la vía pública, y otra muy distinta que no pueda ir a comprar el pan a la panadería de la esquina.

              En cuanto a jueces, juezas y detenidos, también hay unos cuantos bulolegalismos que merecen mención. Uno de ellos, que me encantaría si no me cabreara profundamente, es que jueces y fiscales son amigos siempre y uno hace lo que el otro dice -no digo cual por no herir susceptibilidades- Lamento contradecir a más de uno, pero nos regimos por el imperio de la ley. Que somos personas muy aburridas y previsibles, vaya.

              Y dejo para el final mi preferido, que dice nada más y nada menos que si en un espectáculo hay más intérpretes que personas en el público, la función debe suspenderse. Que no sé de donde sale, pero si sé donde no sale, en el BOE. Y puedo dar fe de alguna presentación de libro con un solo asistente en que el autor, con toda amabilidad y profesionalidad del mundo, dedicó su obra y si disertación al único asistente que, por cierto, quedó encantado. Pero como bulolegalismo, es de lo mejorcito

              Y hasta aquí el estreno de hoy, la tercera parte de esta saga El aplauso se lo doy a quienes hicieron todas estas aportaciones. Mil gracias una vez más. Y la ovación extra, de nuevo, para @madebycarol, de quien he tomado prestada la ilustración. Que haría yo sin ella

Procedibilidad: el requisito


              Los delitos sexuales han existido siempre, por desgracia. Y siempre han llamado la atención hasta el punto de que son muchas las películas que traten de estos hechos horribles y de las vicisitudes de su persecución. Películas como Acusados o El color púrpura o series como Creedme son algunos ejemplos de ello

              En nuestro teatro es evidente que a los delitos contra la libertad sexual dedicamos parte de nuestro tiempo, pero hoy no quería hablar exactamente de ello, sino de algo que está íntimamente relacionado y que no siempre se conoce: la necesidad -o no- de denuncia.

              Según nuestro Derecho Penal, desde tiempo inmemorial, para perseguir los delitos contra la libertad e indemnidad sexual se necesita denuncia de la víctima. Sin dicha denuncia -o. en su caso, querella- no se puede perseguir al culpable, ni castigarlo, aunque el delito de violación se cometiera ante las mismas narices de un montón de personas y todas estuvieran dispuestas a testificar. Ni siquiera si se hubiera grabado y se contara con el testimonio gráfico. Es lo que llamamos requisito de procedibilidad

              La pregunta del millón es la de siempre ¿Puede proceder de oficio el Ministerio Fiscal? Pues sí y no, que en Derecho todo es interpretable. Aunque en días como estos las redes sociales y las tertulias se llenen de sabihondos preguntando eso de ¿dónde está la fiscalía? venga o no venga a cuento. Y es que protestar es gratis, y poner verde a la fiscalía ni te cuento. Y no digo yo que siempre tengamos razón, pero muchas veces, sí.

              Me explico. Como decía, para proceder por estos delitos, como por algún otro de los que hablaré luego, se necesita denuncia o querella siempre, pero, una vez iniciado el procedimiento, quien denunció o se querelló no puede echarse atrás. Algo así como Santa Rita, Rita, lo que se denunció ya no se quita. Y, si se echa atrás no solo no le valdría de nada, sino que tiene obligación de declarar testigo que es. Por esta razón estos delitos se llaman semipúblicos, aunque hay quien también los llama semiprivados. Para gustos los colores.

              Ahora bien, ¿qué puede hacer el Ministerio Fiscal cuando no existe esa denuncia? Pues si las víctimas son menores, personas discapacitadas o desvalidas puede denunciar el Ministerio Fiscal, aunque hay que dejar claro que no tiene obligación de hacerlo, por más que sea lo que en general sea más coherente con la protección del menor. Y, desde luego, que lo diga uno o mil tuiteros o unos o varios políticos enardecidos tampoco lo convierte en obligación. Para evitar equívocos.

              Hay otro caso en que la Fiscalía puede actuar, mucho menos frecuente y más difícil de explicar, que es el caso en que tras “ponderar los intereses en conflicto”, estime procedente interponer querella. Repito, querella, no basta denuncia. Pero claro, decir esto es fácil, solo consiste en cortapegar o parafrasear el Código. Lo verdaderamente difícil es determinar cuales son esos intereses en conflicto y cómo narices se hacer algo tan abstracto como “ponderar”. Y aunque la respuesta no es una verdad universal, hay que tener en cuenta las condiciones en que esté la víctima, sus posibilidades de denunciar y sus circunstancias personales. No es fácil mantener una acusación en contra del criterio de la víctima y, desde luego, los motivos han de ser muy claros. Como ejemplo para entenderlo, podría servir el caso de una víctima que no hubiera podido denunciar porque hubiera muerto, u otra de la que se sospeche que su falta de denuncia obedece a algún tipo de presión.

De todos modos, y para que nos tranquilicemos un poco, que no haya denuncia no significa que no se pueda investigar nada. La falta de denuncia no impide la realización de de diligencias a prevención. Lógico, no vaya a ser que si la víctima se decide a actuar pasado un tiempo, no haya nada quehacer porque no se investigó nada en su día.

              La verdad es que, llegada a este punto, siempre me planteo lo mismo. ¿Por qué bienes mucho menos importantes como la propiedad merecen una protección absoluta y la libertad sexual no? Esto es ¿por qué los robos no necesitan denuncia y las violaciones sí? Pues lo lamento, pero no tengo respuesta, aunque mi madre siempre diga que siempre tengo respuesta para todo. Porque, por más íntimo que sea el hecho, no debería quedar a disposición de la víctima, especialmente si esa falta de denuncia implica dejar a un violador libre y en disposición de seguir delinquiendo. Ahora bien, lo que deberíamos es tener un sistema que asegurara que la denunciante no se va a ver sometida a un proceso tortuoso que multiplica hasta el infinito la victimización secundaria. Denunciar no debería ser incompatible con la posibilidad de pasar página lo más pronto posible.

              Confieso que a mí el argumento de la intimidad no me convence. También podría decirse que pertenece a la esfera -intima la violencia de género, incluso si la víctima no quiere denunciar, y bien que nos llenamos la boca diciendo que es un delito público. Y lo es, pero con una excepción: los delitos sexuales en el ámbito de la pareja o expareja también necesitan denuncia o querella, Algo que no todo el mundo sabe.

              Pero, como decía, los delitos sexuales no son los únicos que requieren denuncia. Hay otros como el impago de pensiones, descubrimiento y revelación de secretos o delitos contra propiedad intelectual o industrial, entre otros, y gran parte de los delitos leves como las amenazas o coacciones. Por su parte, hay delitos privados, que solo se persiguen previa querella, que es el caso de las injurias y calumnias contra particulares.

              Y hasta aquí, estos pequeños apuntes sobre algo que no todo el mundo tiene claro. El aplauso se lo daré esta vez a todas las víctimas que tienen el valor de denunciar. Ojalá llegue un día en que se lo pongamos tan fácil que no sea un acto de valor, sino el ejercicio de un derecho sin más. Y la ovación extra, una vez más, a @madebycarol por esa ilustración hecha para ese caso que ha hecho que volvamos a plantear un tema tan delicado. Y para su protagonista, por supuesto