Procesamiento: de lo exacto e inexacto


              Hay un refrán que dice: injuria, que algo queda Y pocas cosas más reales. Por más que luego resulte que lo que se dijo de alguien es falso, o que no está acreditado, el sambenito está colgado y el daño hecho. Tal vez por so el cine esté cuajado de títulos como Presunto culpable, Presunto inocente, Presunto secreto y hasta Presunta muerte. Y, por supuesto, La calumnia.

              En nuestro teatro, la estigmatización está al orden del día, por más que por por mandato constitucional la presunción de inocencia . Y es que el “injuria, que algo queda” del refranero se convierte en “denuncia, que algo queda”. Y los medios de comunicación -o algunos de ellos- y las redes sociales hacen el resto.

              Ya hemos hablado en este mismo escenario varias veces del concepto de imputado , su cambio al más confuso de investigado, que es algo así como los chistes del colmo de los colmos. Se cita en calidad de investigado a alguien a quien aun no se ha investigado para investigarle. O no, según resulte. Ta vez por eso la generalidad de personas, fuera incluso dentro de Toguilandia, seguimos utilizando los términos “imputación” e “imputado”

              Pero hoy venía a hablar de otra cosa que no es igual, aunque sí parecida. Y lo hago a raíz de la conversación -mejor dicho, las conversaciones- con una buena amiga periodista a quien dedico este post, para que no se me enfade mucho, que sabe que la quiero.

              Se trata del procesamiento. Y de su papá jurídico, el auto de procesamiento. Eso que todo el mundo cree que sabe lo que es, pero que no es lo que parece. Así que vayamos por partes.

              En la prensa, es el pan nuestro de cada día decir que Fulanito o Sotanito está procesado por tal o cual delito. Aunque sea por mangar unas cremas en un súper. Y eso no es así, porque el procesamiento es una cosa muy concreta que solo existe en el caso de delitos graves, esto es, sancionados con una pena de 9 años de prisión o más, aunque la petición concreta de pena sea inferior.

              Sin embargo, nuestra Real Academia no lo tiene muy claro, a pesar de que da una definición de “procesamiento” a la que antepone la advertencia “Derecho”, y dice que es el “acto por el cual se declara a alguien como presunto autor de unos hechos delictivos a efectos de abrir contra él un proceso penal”. Por su parte, considera que “procesar” es “declarar y tratar a alguien como presunto reo de delito”

              Así que ¿Quién tiene razón, la RAE o la pandilla toguitaconada? ¿Y a quién tiene que hacer caso la prensa para hacerlo bien? Pues no es fácil la respuesta, aunque lo parezca. Pero con un poco de salomonismo igual lo arreglamos. O sea, con un ni pa ti ni pa mí de toda la vida.

              De modo que vamos a aceptar barco como animal de compañía, y dejar que se siga usando “procesar” en el sentido que lo hace la RAE, aunque podría haberlo simplificado bastante explicando que se trata de atribuir -al menos provisionalmente y hasta el propio juicio- a alguien un delito. Y entonces tendríamos que admitir, aunque sea a regañadientes, que se use este verbo cada vez que alguien es considerado investigado -o imputado, o sospechoso, o encartado- en un proceso. Pues ea, lo admito, aunque se pongan de punta las puntillas de las puñetas de mi toga.

              Pero por lo del auto de procesamiento no paso. Porque el auto de procesamiento solo recae en los casos en que se ha terminado la investigación y se ha concluido por Su Señoría que hay indicios serios de que alguien ha cometido un delito grave, de esos que la ley castiga con 9 años de prisión o más. De hecho, cuando estudiaba la oposición ya había un tema que explicaba que el entonces nuevo procedimiento abreviado prescindía del auto de procesamiento porque, entre otras cosas, suponía estigmatizar a una persona.

              Cuando le cuento todo este rollo a mi amiga periodista, siempre me sale con la misma. Me dice que lo que escribe tiene que entenderlo todo el mundo, incluido el camarero del bar y la florista de la esquina. Y no le falta razón, por eso me trago el sapo del verbo “procesar”. Pero por lo del auto de procesamiento, si que no. O qué me expliquen por qué narices el camarero o la florista saben qué es el dichoso auto y no se les puede explicar de otra manera, esto es, utilizando la lengua castellana común y corriente y no un pseudo tecnicismo mal utilizado. ¿O acaso un médico admitiría que se llamara cáncer a un ictus solo porque ambos pueden tener fatales resultados? Si no se usa bien, más vale llamarlo “grave enfermedad” o incluso “cruel enfermedad” si se quiere ser más poético.

              En realidad, la culpa no la tiene ni mi amiga ni sus colegas ni tampoco las puñeteras toguitaconadas como yo. La culpa la tiene el divorcio entre lenguaje coloquial y lenguaje jurídico del que ya hemo hablado más de una vez, y lo que te rondaré morena. Y es que se nos olvida que la justicia pertenece al pueblo, por más que lo diga la Constitución y hay quien lo repita cada vez que le interesa.

              Y con esto bajo el telón por hoy. Por supuesto, el aplauso es para mi amiga. Que con esto ya seguro que no se enfada. O eso espero.

Otrosí: ¿uso o abuso?


              Más de una vez, las cosas que creemos terminadas necesitan de un añadido. Como ese poco de azúcar con el que la píldora de Mary Poppins entraba mejor. Sea porque hay que ir Un poco más allá o porque siempre hay Cosas que no se olvidan, hay que encontrar una fórmula para esos anexos. En el cine y en la vida

              En nuestro teatro siempre parece que queda sitio para añadidos. Las antiguas Diligencias para mejor proveer, las Cuestiones Previas, las de Previo pronunciamiento o las Diligencias Finales son buena prueba de ello, así como esos anexos o adendas indeterminados que se agregan a las pruebas documentales. Pero hoy no vamos a tratar de nada de eso, sino de una fórmula tan vieja como útil, el otrosí, que se ha convertido en un cajón de sastre que cualquier día revienta de tanto contenido.

              Según la RAE, Otrosí es un adverbio que significa “además”. Y apostilla nuestra magna institución “Usado más en lenguaje jurídico”. Evidentemente, no “más”, sino “solo”, diría yo. Que a ver quién le dice a su madre, por ejemplo: “mamá, láveme las zapatillas otrosí los calcetines”. ¿A que no? Pues eso. Aunque tampoco he visto un escrito jurídico donde diga: “además dice que procede el foliado de los autos”. Cada adverbio en su sitio, y Dios en el de todos, como me decían en el cole.

              Aunque, continuando con nuestra Real Academia, siempre se cura en salud y nos da otra acepción, especificando que es propia del Derecho. Así, define el OTROSI como “cada una de las peticiones o pretensiones que se ponen después de la principal”. No está mal como aproximación, pero necesita algunas matizaciones. Y a eso vamos.

            Cuando yo daba mis primeros pasos en Toguilandia, me insistían en que hay que dejar hecho todo lo que se puede hacer, y el otrosí era algo así como reconocer que algo se había quedado en el tintero. Así que había que utilizarlo solo como excepción a la regla de que los escritos estaban acabaditos y preparados a punto de once. Así que solo se usaban cuando no quedaba otro remedio, bien fuera por no devolver una causa por cosas evitables como un foliado, o bien por cosas que no se pudieran practicar antes por cualquier razón. Y, por supuesto, para pedir la prueba en un escrito de calificación, aunque, si seguimos la definición de la RAE, algo falla porque en Derecho Penal la prueba es lo más principal de todo, y no sería un “además” sino un imprescindible, salvo que se trate de un juicio rápido con conformidad.

            Llegó un momento, sin embargo, en que se empezaron a usar como coletilla para advertir de cosas necesarias que no se habían hecho. Incluso sin comprobar así se habían hecho o no. Buen ejemplo de ello es la petición de apertura de pieza separada de responsabilidad civil en el proceso penal, porque nuestra viejuna LECrim lo sigue exigiendo, aunque no haya ninguna responsabilidad civil por ventilar. Es lo que tiene.

               Así que, como se abrió la veda, se empezaron a pedir otrosíes a cascoporro, tanto para cosas que no se habían hecho debiéndose hacer, como para las que se han hecho, y para aquellas que no se han hecho simplemente porque no tienen mucho sentido para determinados tipos de procesos. A este espíritu un tanto de formulario responde peticiones como las de pedir celebración a puerta cerrada o evitar la confrontación visual, muy necesarias en algunos tipos de asuntos, pero absolutamente superfluas en otros. Y ya sé que habrá a quine no le parezca bien, pero yo sigo abogando por ir al caso concreto y pedir las cosas donde se debe, en una solicitud aparte. Igual es que la viejuna soy yo.

            Pero no voy a criticar cualquier uso del Otrosí, que hay algunos muy necesarios, sobre todo cuando no hay otro modo de pedir las cosas, y se necesita además de cierta urgencia. A esa intención responderían peticiones como las de cambio de situación personal -si es para agravar mediante la celebración de la oportuna comparecencia claro está-, para subsanar defectos materiales como el de parte del foliado -siempre que no se trate de un juicio de jurado, donde los testimonios foliados correctamente son esenciales- o diligencias que no se han podido hacer por imposibilidad materia, como el reconocimiento forense para las secuelas de unas lesiones, ya que la ley prevé que se puede determinar en ejecución de sentencia.

            Más allá de esas cosas, y de algunas otras de las que hablaré a continuación, el abuso de esta fórmula puede producir el efecto contrario: que la petición importante se pierda entre las doce restantes, que se limitan a recordar cosas que no deberían recordarse sino hacerse directamente, como que se notifique una sentencia o que se dé cumplimiento a lo previsto en el Estatuto de la víctima.

            En cualquier caso, y en mi modesta opinión, los otrosíes se dividen en varias categorías: los necesarios, los “rabos de pasa” para remediar olvidos, los de mero trámite, y los “porsiaca” – por si acaso- para ver si logramos algo que antes no coló.

            Al primer grupo, pertenecen, además de la proposición de prueba, los que piden cosas que no se habían podido hacer por imposibilidad física, como el caso de las lesiones, o por imposibilidad jurídica, como el caso de pedir la revocación de una suspensión de otra pena si recae condena en esta.

            A los “rabos de pasa” pertenecerían las peticiones de algún documento indispensable que puede ser aportado de oficio pero que no se hizo en su día, como los antecedentes penales, o el desglose de algún documento que se coló por error. Hay veces que se meten ahí peticiones de decomiso o similares que deberían estar en otros lugares, como en las medidas cautelares o, directamente, en la pena. Pero nadie es perfecto.

            A los de mero trámite pertenecen el ya explicado acerca de abrir pieza separada de responsabilidad civil, que se pide siempre, aunque siempre debería hacerse, y no siempre se hace porque no siempre es necesaria materialmente. También las de pedir que se notifique la sentencia y tramites similares, innecesarios en principio por previstos en la ley, aunque la realidad demuestra que no siempre se hacen, y de ahí el otrosí. Cosas de nuestro mundo toguitaconado.

            Por último, están los “persiaca”, en los que cabe todo. Desde tratar de colar una prueba que se denegó, hasta pedir que se deduzca testimonio de determinada parte. Que se impute a quine no figura como acusado, o que se sobresea para quine ya lo fue y resultaron estériles los recursos para evitarlos. Incluso hay quien lo usa cuando se le ha pasado el plazo de recurrir como si fuera un término de gracia. Y no tiene ninguna, que parece que creen que los demás no nos damos cuenta.

            Y hasta aquí, estas notitas, en clave coloquial, para algo tan rimbombante. Espero que el post haya sido útil, otrosí que divertido. Si es así, le dais un aplauso al otrosí. De lo contrario, al otro no. Que no me iba a dejar en el tintero el chiste fácil

Retirada de acusación: ¿es posible?


A veces, hay que echarse atrás en las decisiones que tomamos. Y no pasas nada. Creíamos que las cosas eran bancas, y resultan ser negras, o grises. Y lo que procede entonces, más que el clásico “mantenella i no enmendalla” en acudir, una vez más al refranero: rectificar es de sabios. Como hicieron los protagonistas de Late Night, de La la land o hasta de Grease, al cambiar sus roles al final del filme.

En nuestro teatro los cambios de opinión son jurídicamente posibles, aunque no siempre están bien vistos. Y especialmente difícil resulta en el caso de la fiscalía que, asumiendo un papel de acusación a toda costa que ya hace tiempo que se quedó obsoleto, a veces hacemos un papelón. O corremos el riesgo de hacerlo si no cambiamos nuestra conclusiones a tiempo.

Veamos si no. Hay quien cree que conseguir que una fiscal retire una acusación es como poner una pica en Flandes. Pero hay que cambiar el chip de una vez por todas. Si partimos de la base de que la misión de la fiscalía no es acusar sino defender la legalidad, comprenderemos algo muy sencillo. Que, en defensa de la legalidad, a la sociedad le interesa tanto la absolución de un inocente como la condena de un culpable. Incluso, si me apuran, lo primero le interesa todavía más. Porque están en juego nada más y nada menos que los derechos de todas las personas.

Lo que pasa es que no es fácil desprenderse de la creencia -o tal vez debería decir leyenda urbana- de que el Ministerio Fiscal tiene por misión acusar a cualquier precio. Este rol, derivado en gran parte de las películas americanas donde el fiscal aspira a ser gobernador del Estado, hace que mucha gente crea que para nosotros retirar una acusación es poco menos que sentir que nos arrancan las uñas con hierros candentes. Y nada más lejos de la realidad.

Cuando las cosas cambian desde el momento en que se acusó porque no hay prueba, porque la misma ha devenido falsa, o porque la legislación ha cambiado, hay que saber modificar conclusiones. Que para eso eran provisionales cuando las hicimos y es en el juicio donde tenemos que modificarlas o elevarlas a definitivas. No podemos plegarnos a la inercia de que hay que mantenerlas a cualquier precio, aunque sea haciendo un informe para cubrir el expediente, porque eso no es así. En el proceso penal nos jugamos cosas demasiado importantes como para no ser susceptibles de variar la petición si varían las circunstancias. Hacerlo de otra manera nos convertiría en malos profesionales.

Atrás quedaron -afortunadamente- los tiempos el que cada miembro del Ministerio Fiscal se vanagloriaba de las condenas obtenidas al precio que fuera, como los vaqueros del salvaje Oeste. No estamos para hacernos muescas en la toga como si fuéramos el sheriff del condado.

Confieso que a mí no me gusta nada eso de “reproducir por vía de informe”. De hecho no lo hago nunca, porque me parece poco menos que decir que como no puedo justificar mantener la acusación, pues mejor callarme y dejarlo ahí. Creo que es mejor, como dice el refrán, una retirada a tiempo que una victoria.

Y sí, es cierto que cuando retiramos la acusación tenemos que elevar un informe a nuestro superior jerárquico para explicar las razones que nos han llevado a tomar tal decisión. Pero también es cierto que, en mis más de 30 años como fiscal, jamás me han discutido ni me han hecho el mínimo reproche por hacerlo, una vez explicado. Y aunque corra el rumor de que hay compañeras y compañeros que no retiran acusaciones por no hacer dicho informe, yo prefiero no creérmelo. Aunque, como dice mi hija, me tache de happy. O de hippy.

Así que con esto bajo el telón por hoy. Las retiradas de acusación existen, no como los Reyes Magos. No son los padres, por más que haya quien siga empeñado en creerlo. Por eso daré el aplauso a quienes, con honestidad y buen juicio nunca mejor dicho- retiran acusaciones cuando procede. Sean fiscales o acusaciones. Porque eso es lo que nos exige el estado de Derecho

Procedimientos penales III: juicio por delitos leves


              No todas las cosas tienen la misma importancia, por más que afecten a quienes las sufren. El cine nos muestra títulos como Pequeñas cosas, Pequeñas mentiras sin importancia o Pequeñas criaturas que dan buena fe de ello. Y es que, en realidad, en la vida como en el arte, todo es relativo.

              En nuestro teatro, los asuntos teóricamente más nimios en el campo penal se conocen en el llamad juicio por delitos leves, aunque no siempre fue así. Antes de 2015, eran los juicos de faltas los predecesores de este tipo de proceso, unos juicios que nos han dejado algunas de las más suculentas anécdotas. Si soy sincera, diré que todavía los echo de menos de vez en cuando.

              He de reconocer que sus sucesores, los juicios por delito leve, tienen bastante menos sustancia. En primer término, porque muchas de las faltas que entonces veíamos han quedado destipificadas, principalmente las referentes a insultos y vejaciones injustas de carácter leve, salvo en el ámbito de la violencia doméstica y de género, en que siguen existiendo, aunque sujetas al régimen de denuncia previa.

              Pues bien, aunque era precisamente bajo el paraguas de ese tipo penal donde veíamos pintorescas riñas de vecinos que han quedado para los anales de los chascarrillos judiciales, ahora tampoco se quedan cortos. Tampoco hay que ser injusta con los pobres levitos, nombre que les asigné en el post dedicado a despedir a los juicios de faltas, y que se les ha quedado para siempre. Aunque hay quien prefiere llamarlos delititos, que tampoco está nada mal.

              Lo más característico del juicio por delito es la reducción de trámites. No hay instrucción en sentido estricto, de modo que prácticamente desde el primer momento se declaran los hechos delitos leve, se cita a juicio y es allí donde se recibirá declaración a las partes y se calificará oralmente. Y, por supuesto, cabe la posibilidad de dictar sentencia in voce, que es bastante frecuente en este tipo de procesos. Correlativamente, las penas son más reducidas y los plazos de prescripción más cortos. No podía ser de otra manera.

              Pero, ya que hemos llegado hasta aquí, repasemos algunos de los juicios por delito leve más comunes. De una parte, tenemos los juicios por lesiones leves, de esas que no requieren tratamiento médico. Cosas como hematomas, arañazos o bofetones que, si se prueban, dar lugar a la correspondiente condena, sea en el ámbito vecinal o en cualquier otro. Un tipo de estos juicios que se ponen especialmente densos son aquellos en que hay agresiones recíprocas. Ahí, el resultado es incierto, y puede ir desde el “café para todos” cuando acaban condenadas todas las partes, hasta una colección de absoluciones debidas a la falta de prueba, motivada, en más de un caso, porque ambas partes se acogen a su derecho a no declarar y no hay testigos.

              Cosa parecida ocurre con las amenazas leves, siempre que exista denuncia porque si no, no hay nada de nada. Aunque hay que precisar que si estas amenazas leves o las lesiones leves se cometen en el ámbito de la violencia de género, son siempre delito grave o menos grave, que es como se llama a los delitos que no son leves, aunque parezca un juego de palabras. Hay amenazas leves que son delitos menos graves, en el ámbito de la violencia de género, lo cual dificulta más de una vez l comprensión. Y es que el legislador a veces no se pone muy fino con el vocabulario.

              El otro grupo de delitos leves que vemos en Toguilandia día sí día también son los de carácter patrimonial. Los hurtos de menos de 400 euros están a la orden del día en determinados grandes almacenes y centros comerciales, hasta el punto de que sus legales representantes o los vigilantes de seguridad se convierten en tan habituales en el juzgado que casi forman parte de la plantilla.

              Un verdadero clásico en esta materia son los hurtos de cobre, que han venido a sustituir en lo habitual a los de fruta o productos del campo, aunque, e algunos lugares, siguen existiendo.

              Lo característico de estos juicios es acudir con los medios de prueba que se tengan, con lo cual las grabaciones que se oyen en el acto, los vídeos y demás testimonios gráficos son moneda frecuente. No en balde estamos en la época de las TIC. Aunque, más de una vez, la sorpresa está servida. Incluso sé de casos en que han traído los alimentos que iban a ser hurtados, y siendo precederos, la experiencia era de todo menos agradable. Verdad verdadera.

              Y con estas pinceladas, termina la función de hoy El aplauso hoy es par todos esos jueces, juezas, fiscales y LAJs que llevan en la espalda miles de estos juicios. Que somos muchos.

Procedimientos penales II: procedimiento abreviado


              Las cosas pueden tener distintos tamaños. Pueden ser pequeñas y grandes, y durar poc o mucho. Y eso mismo se refleja en varios títulos de películas, obras y hasta canciones, como aquel Algo pequeñito que nos representó en un accidentado festival de Eurovisión. Y, en cuanto a la duración, El día más largo o La noche más corta son buenos ejemplos de ello.

              En nuestro teatro las cosas no siempre duran lo que tienen que durar. Y algunas leyes obsoletas y algunos medios escasos o inexistentes tienen la culpa de ello. Pero no era ese el objeto de este estreno, sino continuar con los tipos de procesos. Y ese del que vamos a hablar hoy tiene mucho que ver con estas cosas.

              Si el estreno anterior lo dedicaba al sumario, que es el denominamos proceso tipo y por el que se conocen los delitos sancionados con pena más grave salvo que sean competencia del tribunal del jurado, la función de hoy versará sobre un tipo de procedimiento cuyo nombre también es paradójico: el procedimiento abreviado.

              ¿Y por qué digo eso? Pues porque es así. Y quien no lo crea, que reflexione conmigo. El procedimiento abreviado se regula en nuestra ley de enjuiciamiento criminal entre los procesos especiales, cuando es el más común de todos. Más del 90 por ciento de los procesos penales que vemos cada día se sigue por Procedimiento Abreviado pro nuestra ley, erre que erre, a considerarlo especial. Y, por si esto fuera poco, lo llama Procedimiento abreviado, como si fuera una broma de mal gusto, cuando todo el mundo sabemos que muchos de estos procedimientos “abreviados” son bien extensos tanto en el tiempo como como el espacio: los hay que precisan de tomos y tomos -virtuales o físicos, que el papel 0 todavía es una utopía en muchos lugares- y que duran años y años. O ambas cosas, que también en Toguilandia una cosa lleva a la otra.

              Pero seré justa, que en nuestro escenario es lo que toca. El legislador no es que estuviera de broma, ni que se hubiera tomado algo y anduviera achispado a la hora de poner nombre a estos procesos, sino que tenía una buena casa. Y un buen motivo para llamarlo así. Me explico. Cuando nace el procedimiento abreviado, allá por el 1988, lo hace para sustituir a un proceso que se había creado en 1980 para abreviar los tiempos que suponía el sumario ordinario, simplificando los trámites. Pero mira tu por donde que el proceso no les quedó tan fino como debería, y el Tribunal Constitucional acabó anulando la ley que lo regulaba, por eso que hoy llamamos contaminación inquisitiva, que consiste en que el juez que instruye no debe fallar. Y es que claro, en el año 1980 aun no tenían muy interiorizado lo de la Constitución y se les escapaban algunas cosas.

              Así que hubo que hacer un proceso nuevo, que supliera la función de acortar los tiempos y los trámites pero que no tuviera los defectos del anterior. Y ahí es donde aparece el Procedimiento Abreviado para determinados delitos, que es como se llama el asunto. Aunque, con un nuevo guiño de la terminología, pronto pasó a denominarse coloquialmente PALO, por contraposición a su antecesor, a quien se había bautizado como PELO, porque lo de “proceso de la ley para el enjuiciamiento de delitos dolosos, menos graves y flagrantes” no había quine lo pronunciara dos veces seguidas.

              La cuestión es que lo que pretende este tipo de procedimiento es reducir trámites, así que desaparece el auto de procesamiento y por ello esa segunda declaración del presunto culpable llamada indagatoria, con lo que la fase intermedia se desdibuja, hasta el punto de no existir un doble traslado para instruirse y pedir -o no- la apertura del juicio oral y para hacer el escrito de calificación. Ambas cosas se hacen ahora en un único acto -un dos en uno, como las ofertas del súper- y, además, no salen de los muros del juzgado hasta el momento de elevarse para enjuiciamiento. Así visto, se entiende en qué consiste esa abreviatura que da nombre al proceso.

              Lo que ocurre es que la realidad -y no solo jurídica, sino también política, que el diablo todo lo enreda- han desvirtuado en cierto modo lo que se pretendía, y ha aparecido en algunos casos un remedo del auto de procesamiento, una especie de camino de en medio entre este y el auto de incoación de Procedimiento Abreviado, que algunos llamaron “auto de imputación” y que jurídicamente no está previsto. Para acabarlo de arreglar, se cambió la ley, mutando el término “imputado” por el de” investigado” y ahí se lio más la cosa. Con decir que se cita a alguien como investigado para investigarle porque hasta entonces lo que se hizo para llegar a esa conclusión no es investigar, está todo dicho. Lo digo todo y no digo nada.

              La cuestión es que este proceso es el más frecuente, el que se utiliza para la mayoría de los delitos. Y que ha sufrido avatares como la desdichada limitación del límite de instrucción que tantos quebraderos de cabeza nos trajo, aunque luego se matizara. Y es que, si la realidad y los medios fueran los que deben ser, el procedimiento habría cumplido mejor su objetivo de acortar plazos. Es lo que hay

              Y con esto, acabo por hoy. Aunque sin dejarme el aplauso. Que, mira por dónde, daré a todos los jueces y juezas instructores y a todas y todos los fiscales que ven más procedimientos abreviados que ninguna otra cosa del mundo. Al menos, el reconocimiento que no les falte.

Procedimientos penales I: sumario


              Todas las cosas necesitan de un trámite para llevarlas a efecto. Un Proceso, como el libro homónimo de Kafka y la película del mismo nombre. El juicio, título de otra película, dependerá del procedimiento por el que se conozca. Y, por supuesto, si de cine se trata, de si nos encontramos ante una producción americana u otra propia y, en este caso, si es fidedigna a nuestra realidad judicial, porque hay algunas que dejan bastante que desear al respecto.

              En nuestro teatro, el procedimiento es una parte esencial de cada una de nuestras funciones. Y, cuando de Derecho Penal se trata, los posibles procedimientos con los que nos encontramos son cuatro: el juicio por delitos leves, el procedimiento abreviado, el sumario y el juicio de jurado. A estos hay que añadir las diligencias urgentes que se incardinan dentro del ámbito competencial de las Diligencias previas del Procedimiento Abreviado, y e proceso de menores. A cada uno de ellos dedicaremos un estreno.

              Empezaremos por el sumario. Entre otras cosas porque se supone que es el proceso tipo, el que contiene la regulación de todo, a la que hay que acudir cuando en otros procedimientos alguna parte no tiene regulación específica. De ahí que su apellido sea “ordinario”, aunque es el procedimiento menos ordinario y más excepcional que hay. Curiosamente, la mayoría de asuntos penales se tramitan por el llamado procedimiento abreviado, que se regula entre los procedimientos especiales. Paradojas de tener una ley que ya no aguanta una reforma más para reventar por sus costuras.

              Pero no es esta la única paradoja. Sumario, según el diccionario de la RAE, el “resumen del contenido de algo” o “lo que está reducido a compendio”. Una definición que tiene más que ver con las ejecuciones o procesos sumarísimo de infausto recuerdo que con el procedimiento ordinario por delitos graves. Porque los sumarios, si algo tienen de característico, es que son de todo menos resúmenes. De hecho, la gran mayoría de ellos tienen varios tomos, además de la famosa pieza unida con cuerda floja a la que todavía hace alusión la ley. Y los tienen porque en muchos lugares de España, como en mi Comunidad Autónoma, el expediente judicial ni está ni se le espera.

              En esencia, el sumario es el procedimiento adecuado para conocer de los delitos castigados con pena superior a nueve años. Ahora bien, esta pena hay que entenderla en abstracto, no referida a la petición concreta teniendo en cuenta grado de ejecución, autoría y circunstancias modificativas. Esto es, un homicidio intentado será siempre competencia del procedimiento de sumario, aunque al bajarle uno o dos grados por tratarse de tentativa, la pena que se solicite sea inferior.

              Y es que, en la realidad, y a partir de la entrada en vigor del procedimiento de la ley del jurado, de 1995, el sumario ha quedado reducido al conocimiento de los delitos contra la vida intentados -los consumados van al jurado-, y los delitos más graves contra la libertad sexual, además de algunos supuestos agravados de tráfico de drogas y poco más.

              Pero el sumario es, en realidad, el procedimiento más completo. En él se reconocen perfectamente las fases -incluida la fase intermedia- y el momento en que el procedimiento se dirige contra una persona, el procesamiento. Ese auto de procesamiento es el que determina ese punto en que las cosas se empiezan a poner feas contra el sospechoso, sin perjuicio de la presunción de inocencia, porque ya está procesado, y eso es una cosa muye seria. En ese procesamiento se relatan los hechos por los que se pretende abrir el proceso contra la persona y constituía la verdadera línea roja que hoy se ha difuminado tanto en otros procedimientos.

              No obstante, es curioso que el vocabulario popular y periodístico prescinde de tecnicismos y sigue llamando procesado al investigado, y utilizando el verbo procesar, aunque no exista sumario ni, por ende, procesamiento. El procesamiento es exclusivo de este tipo de proceso.

              Cuando yo estudiaba la oposición, había un tema dedicado al procesamiento, donde le daban vueltas a la cuestión de si el procesamiento estigmatizaba al sujeto procesado. Ahora no se plantea semejante cosa, porque el estigma puede llegar mucho antes, con ese baile de términos entre la antigua imputación y la nueva investigación, que no es otra cosa que decidir que se va a investigar a alguien, y llamarlo “investigado” antes de empezar la investigación. O sea, un lío para quien no frecuente Toguilandia. Y para quien la frecuenta también.

              Para acabar, habrá que hablar de cómo es el juicio cuando el procedimiento que se instruyó fue un sumario. Y en esencia es igual, aunque bastante más tiquismiquis que otros procesos más sencillos. Conste como ejemplo que no hay cuestiones previas como en el Procedimiento Abreviado -aunque suelen admitirse por analogía-, se necesita siempre que los peritos vayan en pareja, como la Guardia Civil, y no cabe la conformidad si la pena es superior a seis años, aunque en la práctica se puedan hacer conformidades impropias admitiendo los hechos y modificando todas las partes las conclusiones según acuerdo.

              Y hasta aquí, estas líneas sobre el sumario. Solo me queda el aplauso para bajar el telón por hoy, y viene dedicado a todas y todos los operadores jurídicos que seguimos haciendo juicios por sumario. Porque siempre son delicados.

Fracaso ¿lo contrario del éxito?


                Pocos fantasmas hay más temidos que el fracaso. Y ronda al mundo del arte especialmente, donde su contrario, el éxito, puede ser flor de un día. Con razón dicen que lo difícil no es llegar sino mantenerse. Porque el cine está lleno de ejemplos, en la pantalla y fuera de ella. Películas como El crepúsculo de los dioses o ¿Qué fue de Baby doll? Son buenas muestras de ello.

                En nuestro teatro, el fracaso está tanto o más presente que el éxito. Sobrevuela nuestras cabezas y convive con todos los habitantes de Toguilandia tanto como el éxito, al que hace nada le dedicamos ya un estreno

                Pero ¿Cuándo estamos realmente ante un fracaso o cuando solo lo creemos? No es fácil la respuesta, pero hay algunos casos en que se ve con claridad. El de la oposición es, tal vez, el más evidente. Cuando una está estudiando y cree que no hay m´-as horizonte ante sus narices que el aprobado, no conseguirlo puede considerarse un fracaso. Pero no es del todo cierto. Aunque no se cumpla el objetivo que una se había trazado, lo que ha aprendido por el camino no cae en saco roto. Y sé de varias compañeras y compañeros que pasaron por ese duro trago y no solo salieron adelante, sino que lo hicieron reforzados. Puede ser volviéndolo a intentar, cambiando de oposición o llevando a otro camino nuestros paso profesionales. Cualquier opción es buena.

                Otra de las sensaciones más claras de fracaso es la se siente cuando se pierde un juicio. O cuando se cree que se ha perdido, porque en realidad, en los juicios no hay perdedores ni ganadores, por más que la conocida película sobre los Juicios de Nuremberg se titulara en España “Vencedores o vencidos”. En los juicios, en realidad, podemos conseguir que nuestras pretensiones sean o no satisfechas, que nos den la razón o no, pero ganar no ganamos, sino que gana la justicia. O así al menos debería ser. Porque si no nuestro teatro se limitaría a ser u partido donde jueces y juezas serían meros árbitros.

                Siempre que se habla de estas cosas me viene a la cabeza una anécdota. En un caso en que se enfrentaban dos abogados de postín, cuando uno de ellos se llevó el gato al agua, le dijo al otro, de manera muy deportiva, “hoy por ti y mañana por mí”, pero esto no pareció convencer al “perdedor”, que no salía de su gesto taciturno. Finalmente, este dijo “ya, pero es que mañana no estaré aquí”. El otro lo entendió como una frase hecha, pero no era así. El abogado sabía perfectamente que era su último juicio, y le supo especialmente mal que no le dieran la razón. Al cabo de un mes murió de un cáncer que llevaba arrastrando en silencio mucho tiempo, si saber que, en vía de recurso interpuesto por un compañero, la Sala de la Audiencia le dio la razón. O, bien pensado, tal vez sí que lo ha sabido desde allá donde esté.

                Pero además de estos hay pequeños y grandes fracasos cada vez que se intenta algo y no se consigue. Depende mucho, también, de donde se ponga cada cual e listón, pero los chascos siempre son posibles. Es lo que pasa cuando alguien no consigue acceder a ese destino que pretendía en un concurso , o a ese puesto, ese tribunal, esa fiscalía o esa jefatura que anhela. Aunque también es verdad que hay un dicho según el cual hay que tener cuidado con lo que se desea, no va a hacerse realidad. Y es verdad verdadera. Cuantas veces no nos habremos llevado una decepción tras obtener ese puesto ansiado. Pero, como también reza otro dicho, la vida es de los valientes, y el que no se arriesga no pesca.

                Para acabar, me referiré a aquellas madres y padres que se proyectan tanto en sus criaturas, que viven a través de ellos. Si juegan al fútbol, se convierten en los más entregados hinchas, y si cantan o baila en los más entregados fans. A veces hasta extremos que sobrepasan todas las líneas rojas, incluida la del Juzgado de guardia.

                Y hasta aquí, el estreno de hoy. El aplauso se lo daré a todas las personas que hoy se sienten fracasadas. Seguro que mañana las cosas serán de otro mod. Y mejores


Más allá de Toguilandia: ilusiones cumplidas


              Hay vida más allá del trabajo. Es un dicho que no siempre sabemos llevar a la práctica. Creemos que podemos hacer Todo a la vez en todas partes, como el título de la película, pero no nos damos cuenta de que no tenemos Todo el tiempo del mundo y que siempre nos quedamos cortas con Lo que queda del día.

              En nuestro teatro nos suelen pasar esas cosas. Nos llevamos el trabajo a casa, en nuestras mochilas, en nuestros trolleys o en nuestros ya obsoletos maletines, y dejamos por hacer cosas que verdaderamente nos ilusionan. Porque los fines de semana solo tienen 24 horas y no nos da la vida.

              Por eso vengo a contar hoy lo que vengo a contar. Ya hace tiempo, dedicaba un estreno al disfrute , importante tanto dentro como fuera de nuestro escenario. Pero hay otros escenarios donde no se lleva toga ni tacones y de eso venía a hablar hoy. Porque las cosas buenas hay que compartirlas.

              Contaba entonces mi reencuentro con el ballet, después de décadas sin practicarlo, aunque nunca dejara de disfrutarlo como espectadora. Y hoy confirmo que no ha sido flor de un día, como ocurre tantas veces, que una se apunta a cosas que luego abandona a las primeras de cambio. Los gimnasios saben muchos de eso, especialmente cuando se aproxima la operación bikini de cada año. ¿A que suena conocido?

              Pero no es mi caso. Yo volví para quedarme, y tuve la fortuna de encontrar a la mejor profesora -que además, casualmente, es mi hija, lo que no quita ni un ápice de su excelencia- y a las mejores compañeras. Hemos formado un equipo tal que no tenemos más límites que el infinito. Y más allá.

              Así que un buen día nos propuso actuar en un festival de fin de curso, después en alguna muestra y acto benéfico y de ahí, como una cosa que lleva a la otra, nos propuso participar en concursos. Nuestras primeras participaciones fueron muy edificant4es, con enormes aplausos de público y reconocimientos como revelación, a pesar de nuestros más de cincuenta. De hecho, triplicamos la edad de gran parte de los participantes, lo cual no solo no nos importa, sino que creo que ha sido objeto de reconocimiento con esos premios.

              Y hace nada, hemos rizado el rizo. Nos presentamos con una coreografía de repertorio clásico de puntas, El pájaro azul, a un certamen autonómico. Nuestra sorpresa fue pareja a nuestra alegría cuando nos clasificamos para la final nacional, y ya fue un auténtico éxtasis cuando nos hemos clasificado, con nuestro flamante tercer premio, para la final internacional.

              Además, no debió ser casualidad cuando, apenas una semana más tarde, en otro certamen, no solo premiaron nuestras dos coreografías -clásico y contemporáneo- sin o también nos reconocieron con un galardón al talento individual. Todo un subidón difícilmente descriptible. De hecho, todavía sigo en una nube.

              No puedo -ni quiero- negar que todo esto es fruto, además de la ilusión, del trabajo. Porque aunque haya un dicho según el cual sarna con gusto no pica, yo no diría tanto. La sarna siempre pica, aunque si gusta, una se aguanta. Y eso mismo pasa con el trabajo duro, máxime con unos cuerpos que ya no tienen quince años. Hay que trabajar mucho, pero merece la pena. No solo el resultado son también el camino. Porque bailar me hace feliz. Como a otros les puede hacer feliz pintar, esculpir, correr o hacer macramé.

              Así que eso es lo que hoy quería contar. Por una vez, no dedicaré este espacio a reivindicar medios o a contar qué hacemos en Togulandia. Más bien, a contar que hacemos fuera de este mundo, que siempre nos hará mejores cuando estemos en él. Por eso hoy mi aplauso es, lisa y llanamente, para la danza. Y, con una ovación extra, a mi proe, a mis compañeras, y a @madebycarol que, una vez más, ilustró nuestros sueños

Éxito ¿lo contrario del fracaso?


              Todo el mundo sabe lo que es el éxito. O al menos, cree saberlo, y todo el mundo lo desea. Aunque, a veces, las cosas no son tan sencillas. El cine nos enseña como ir En busca de la felicidad, aunque no siempre encontremos El secreto de mi éxito, o el de cualquiera. O cómo llegar a Un lugar llamado Paraíso.

              En nuestro teatro, como en cualquier otro ámbito, el éxito y su antagonista, el fracaso -de ese hablaremos en el siguiente estreno- existen, aunque no tengan siempre el mismo significado. Porque si todas las cosas son relativas, concpe3tos como estos lo son todavía más.

              La primera vez que, en los alrededores de nuestro teatro, nos tropezamos con el éxito y con la sombra de su contrario, es, precisamente, antes de entrar en él. Primero, durante la carrera y luego, y, sobre todo, mientras una estudia la oposición, todo lo que una quiere en la vida es aprobar, y a eso se reduce su perspectiva del éxito. Aprobar las oposiciones equivale a éxito como suspenderlas a fracaso. Un silogismo que entonces teníamos muy claro, aunque luego nos damos cuenta de que no hay verdades absolutas.

              Pero tampoco me voy a poner metafísica ni negar la evidencia. Cuando una lo apuesta todo a una carta, como hace cuando una prepara la oposición, el aprobado s todo un éxito. Pero suspender no siempre es un fracaso, aunque en ese momento nos lo parezca.

              Una vez dentro, hay que dar un paso más. No podemos adocenarnos y pensar que con haber aprobado está todo hecho. En realidad, no es más que el pistoletazo de salida de lo que será nuestra vida en Toguilandia, un largo camino lleno de todo. De risas y penas, de ratos buenos y malos, de mucho trabajo y poco descanso. Y de hacer, de una vez por todas, aquello para lo que llevábamos toda la vida preparándonos.

              Es entonces cuando nuestra vida toguitaconada empieza a jalonarse de éxitos y fracasos, pequeños y grandes. Pero ¿qué podemos considerar un éxito? ¿Se mide el éxito en resultados o hace falta otra cosa? Pues, como siempre, ni sí ni no sino todo lo contrario.

              Como fiscalita que es una, cada vez que se consigue una sentencia condenatoria, o la estimación de un recurso, los aplausos en mi interior resuenan con mucho énfasis. Imagino que es lo mismo que ocurre a abogadas y abogados y otros operadores jurídicos. Y también lo que ocurre a jueces u juezas cuando les confirman una sentencia, sobre todo s esta les ha dado mucho trabajo.

              Ya lo he comentado otras veces, pero pocas sensaciones tan inmediatas de satisfacción como la que tiene una en el momento en que escucha el veredicto condenatorio de un juicio de jurado. Juro que por mucho que pase el tiempo, nunca me desaparecen esas palpitaciones que me entran cuando estoy esperando que el portavoz del tribunal del jurado lea el veredicto.

              Sin embargo, hay éxitos que no son tan tangibles y a la larga, se valoran mucho más. Y hoy me gustaría comentar a algunos de ellos.

              Por ejemplo, considero un éxito que alumnos y alumnas que han estado en prácticas conmigo, no solo aprendan, sino que quieran hacer un trabajo como el mío. Transmitir mi amor a la profesión, y una vocación que no siempre es fácil de cumplir es muy emocionante, y lo experimento cada año cuando hay prácticums que tras estar conmigo quieren se fiscales, como cuando tengo fiscales en prácticas y les contagio mi pasión por especialidades como los delitos de violencia de género o los de odio.

              Aunque la satisfacción más real, más pura, y más verdadera es la que una tiene cuando, tras una actuación judicial complicada, la víctima te da las gracias, o un abrazo, o te dice que se siente mejor. O cuando los padres de una persona asesinada te dicen que su hija ahora descansa en paz gracias a tu trabajo, o incluso cuando una persona investigada o condenada se rehabilita. Ya hablé en su día de los abrazos como tesoros impagables, pero, conforme pasa el tiempo, cada día los valoro más. Porque ni somos de piedra ni podemos serlo.

              Siempre he dicho, y mantengo, que el día en que las cosas que pasan por delante de mis ojos en el juzgado no me impresionen, deberé de colgar la toga y dedicarme a otra cosa. Y lo mantengo. Por eso quiero dar hoy mi aplauso a todas las personas que siguen sintiendo ese pellizco. Porque es el verdadero éxito toguitaconado.

Cariátide: mujeres que nos sostienen


Hoy rescato un relato que, en su versión en valenciano, ganó el premio del Ayuntamiento de Valencia en 2009. Espero que os guste y, por supuesto, ganarme el aplauso

Relato ganador del Primer Premio del VIII Concurso de Narrativa Breve del Ayuntamiento
de Valencia (Concejalía de Bienestar Social) de 2009, «Mujeres construyendo la ciudad»

CARIÁTIDE

—Abuela, ¿qué quiere decir cariátide?
—Mira, hija, cariátide es una figura de mujer que sostiene un edificio…
Eso era lo que yo escuchaba cuando giré la llave en la cerradura y entré en casa. Mi
hija estaba con su abuela, mi madre, que se hacía cargo de la niña mientras yo estaba
trabajando en el Ayuntamiento. Mi madre continuaba dándole toda clase de explicaciones en
torno a las cariátides, hasta que yo recogí las cosas de mi hija para irnos a nuestra casa.
Cuando volvíamos, la niña me preguntó, curiosa, cómo era posible que su abuela
supiera tantas cosas sobre la construcción. De pronto, pensé que había llegado el momento
de contar a la niña la historia de los abuelos, el secreto mejor guardado del mundo.
Rosa, mi madre, a los ojos de todos se había dedicado tan solo al cuidado de la
familia, lo cual no era poco, pero había detalles de su vida que eran desconocidos para casi
todo el mundo. Nació en plena Guerra Civil, y pasó la misma hambre de niña que la mayoría
de los otros niños de la época. A trancas y barrancas, sus padres lucharon para que la niña
consiguiera estudiar mucho más allá de lo que entonces hacían las mujeres. Rosa era muy
espabilada y le gustaban muchísimo los libros, a pesar de que las penurias de aquellos
tiempos no le permitían tener todos los que hubiera deseado. No obstante, su sueño se
rompió: el dinero no llegaba a todo y muy pronto sus padres no tuvieron otro remedio que
sacrificar los estudios de uno de los hijos. Y, claro está, le tocó a Rosa, que era chica, pese a
que sus dos hermanos varones eran peores estudiantes que ella. Los padres pensaban que
Rosa, que era una joven guapa y bien plantada, podía tener un buen futuro si se casaba con
algún buen partido. Así que Rosa se puso a trabajar para poder ayudar en las necesidades de
la familia.
Aquello fue un duro golpe para ella, pero no menguó su hambre de sabiduría.
Cuando sus padres ya comenzaban a perder la esperanza de hacer un buen matrimonio para
la chica, sucedió eso que ellos vieron como un milagro… y que realmente lo fue más de lo
que nunca hubieran imaginado. Rosa se puso a salir con un chico que, aunque no era ningún
figurín, le gustaba, e incluso era del gusto de sus padres. Su familia no era rica, pero
tampoco estaban mal de dinero, lo cual no era poco en los tiempos que corrían y, además, él

estudiaba ingeniería y tal vez el día de mañana ganara bastante dinero. Así que todos
contentos, los padres, la niña, y las familias enteras.
Lo que no llegaron a conocer nunca era el hecho de que José, que era como se
llamaba el novio, compartía totalmente los estudios con Rosa, que aprovechó los libros y
todo el material que tenía José para estudiar por su cuenta. Rosa estudiaba cuando José tenía
cualquier examen, como si ella también tuviera que hacerlo, y él era feliz de poder darle a su
novia todos aquellos conocimientos que el destino le había robado. Y, poco a poco, cuando
José acabó sus estudios, Rosa sabía tanto o más de ingeniería que él.
Se casaron muy pronto y, dos años más tarde —¡cómo tarda esta niña!, decían sus
padres— se quedó embarazada. Mientras tanto, José tenía mucho éxito en su trabajo, porque
tenía ideas muy innovadoras, e incluso se comentaba que estaba escribiendo un libro sobre
sus investigaciones. Eso era cierto, aunque solo en parte. Y es que lo que nadie sabía era que
quien tenía las ideas era su propia mujer, y también era ella la que preparaba el libro. José y
Rosa formaban un tándem fabuloso en que él, que era un gran artesano, ponía en práctica los
fantásticos proyectos de ella. Los trabajos de José, hechos para la mejora de las
construcciones de la ciudad, eran recibidos con un arrollador éxito y él quiso animar a su
esposa para que publicara el libro y se diera a conocer.
A pesar de la ilusión de ambos, una vez más, la condición de mujer de Rosa marcó su
destino. Ninguna editorial quería publicar el libro de investigación de una persona que
carecía de título y que encima era mujer. Entonces su marido tuvo una idea: lo publicarían
con pseudónimo. Rosa fue más allá y le pidió que pusiera su nombre a la obra. Y él, pese a
que en principio le sabía mal hacerlo porque no quería disfrutar de un mérito que no le
correspondía, acabó accediendo.
El libro, que hacía serios estudios en torno a la construcción de edificios que
conseguían reducir los costes considerablemente, fue un éxito total. De hecho, con sus
planos se construyeron muchas viviendas a un precio razonable, lo cual facilitaba que todas
las personas de la ciudad que antes no podían permitirse tener su propia casa pudieran
acceder a una vivienda digna. A ese libro le siguieron otros más, siempre firmados por José,
y cada vez gozaban de mejor acogida. Su aportación al crecimiento de la ciudad y, sobre
todo, a la mejora de las condiciones de vida de todas las personas, que ahora podrían tener
agua, luz y comodidades en sitios hasta entonces impensables y a precios asequibles,
convirtió a José en un profesional admirado en todo el mundo.
Cuando José ya era mayor y estaba enfermo, le dedicaron una calle en su ciudad,
premio que él recibió con un poco de vergüenza, aunque su mujer estaba bien orgullosa.

Toda la gente pensaba que era porque José era humilde, pero nunca nadie llegó a sospechar
la verdadera causa…
Poco tiempo después, José empeoró de su enfermedad y, como veía acercarse la
Parca, confesó a su hija Ana el secreto de su éxito, al tiempo que le pidió que diera a conocer
al mundo la verdad de sus méritos. Ana estuvo a punto de hacerlo, pero su madre se opuso
de una manera feroz, y le hizo prometer que nunca contaría a nadie quién era la auténtica
autora de los libros. Rosa no cedió de ningún modo y, finalmente, solo hizo una concesión:
«únicamente se lo puedes decir a tus hijos».
Así que, como consideró que había llegado el momento, le contó toda la historia a su
hija, de principio a fin. La niña estaba asombrada, no tanto porque su abuela fuera una mujer
tan importante, sino porque nadie había querido hacerle caso por el solo hecho de ser mujer.
Desde ese momento, vio a su abuela con nuevos ojos, como también veía con nuevos ojos el
recuerdo de su abuelo, tan compenetrado con ella que, como pudo, permitió que consiguiera
los sueños que la sociedad le robaba, aunque fuera de forma incompleta.
La abuela, que siempre les había cuidado, y que todavía lo hacía para que sus padres
pudieran dedicarse a todo lo que les hiciera falta, había resultado aún más importante de lo
que ella pensaba. Sin ella, no solo su familia sino también la ciudad entera, no sería la mitad
de próspera y de bonita que era hoy.
—Entonces, mamá —dijo la niña—, la abuela es como una cariátide
—¿Por qué dices eso?
—Porque ella es una mujer que, sin que nadie lo supiera, ha estado sosteniendo el
techo de la ciudad, además del de nuestra familia. Y, ¿sabes? Yo también quiero ser una
cariátide, pero quiero que todo el mundo lo sepa.
Entonces, me hice una promesa a mí misma. Nunca en la vida permitiría que mi
hija, ni ninguna otra mujer, se tuviera que ocultar bajo el nombre de un hombre. Se lo
debía a mi madre. Yo también quería ser una cariátide.