En cualquier espectáculo la puesta en escena es algo fundamental. De poco sirve un guión fantástico ni unos intérpretes maravillosos si los decorados, el escenario, la ambientación, el vestuario y todo lo que concierne al entorno donde se desarrolla la función no están cuidados. De no ser así, nos podemos encontrar que lo que aspiraba a ser un inolvidable Moulin Rouge, se quede en Qué ruina de función.
En nuestro teatro la puesta en escena es importante. En pocos entornos profesionales se da tanta trascendencia a las formas como en el nuestro, hasta el punto de resultar según algunas opiniones excesivas. O, cuando menos, necesitadas de una buena capa de chapa y pintura. Pero, como digo, es cuestión de opiniones, que para gustos hay colores y hay quien entiende que esa pompa es necesaria para dar a la Justicia una imagen de solemnidad.
En cualquier caso, el modo en que nos situamos y realizamos nuestras intervenciones, sobre todo en los juicios, no responde al capricho ni a la casualidad. Está todo previsto -sea por norma, sea por costumbre- desde la noche de los tiempos. Y tiene todo una razón de ser, aunque tal vez con el paso de los años han desaparecido los motivos de fondo y se han quedado solo las formas como si de la cáscara de un huevo sin yema se tratase
De la toga y su puñetas ya hemos hablado más de una vez. La toga es algo así como nuestro uniforme de trabajo, pero no del mismo modo que ocurre en otras profesiones. Así como las batas en sanidad, los monos de mecánico o los delantales en la cocina tienen por objeto una mayor comodidad en el desempeño de las funciones y preservar la ropa de calle de manchas y salpicaduras, nuestra toga ni es cómoda ni sirve para evitar estropearnos la ropa, sino que solo se usa en determinados actos y se hace para dar solemnidad. Y además, no es exclusiva de juristas: en el ámbito de la universidad también la usan en actos solemnes, sea cual sea la carrera de que se trate. Y aunque tienda a creerse lo contrario, ni todos los jueces y juezas llevan puñetas -solo lo hacen cuando ascienden a magistrado- ni son exclusivas de la judicatura -fiscales, Lajs y algunos Letrados también las llevamos-
La cuestión es que los juicios son el acto fundamental en nuestro teatro. Es el clímax de la función, el minuto de oro en términos televisivos. Porque en el proceso, sobre todo el penal, la ley da toda la importancia al momento del juicio y a las pruebas que se desarrollan en el mismo. Las que se puedan, claro está, que no es plan de hacer la autopsia en ese momento delante de todo el mundo , y en esos casos lo que se hace es traer al forense para que la cuente.
Cuando llegamos a la sala, los puestos están ya predeterminados. Aunque no siempre se cumple, la disposición legal es la del juez o tribunal presidiendo, el Ministerio Fiscal a su izquierda, y las acusaciones, de haberlas, junto al fiscal y las defensas -que siempre las hay- enfrente, al otro lado de la mesa del tribunal. Nótese que digo que hablo del Fiscal “y las acusaciones” y no “el resto de acusaciones” porque, pese a lo que mucha gente piensa, el Ministerio Fiscal no necesariamente acusa y puede hasta pedir una absolución, aunque no sea lo más frecuente.
Hay una excepción a esta disposición, que es cuando quien actúa como fiscal sea fiscal jefe -o jefa, aunque de cuando data la norma no se planteaban que tal cosa fuera posible- en cuyo caso se situarán a la derecha. Pero todo esto, que pude estar muy bien aunque resulte un poco rígido, choca con el mundo real. En toda mi vida profesional no he visto que se cambie el sitio de costumbre del Ministerio Fiscal en esa sala en virtud de la categoría profesional de quien representa la institución. Hay en Juzgados donde nos ponemos a la derecha, y juzgados donde nos ponemos a la izquierda, sin más explicación que “siempre lo hacemos así”. Recuerdo sobre esto lo que decía Antonio del Moral sobre la costumbre como fuente del derecho aunque sea contra legem, de la que ya hablé en el estreno dedicado a las fuentes Y, además, no olvidemos que la logística importa. Y que si los muebles se han puesto de una manera, así se van a quedar venga quien venga a juicio. Si la silla del Fiscal -que ha de ser igual a la del juez, aunque no siempre es así- está a un lado, ahí estará per secula seculorum, venga el jefe o el último del escalafón.
Justo en paralelo y enfrente del tribunal, se sitúa el banquillo de los acusados, donde éstos permanecen durante el juicio. Los y las testigos, sin embargo, han de esperar fuera a ser llamados cuando sea su turno. La causa es, obviamente, que no puedan saber lo que dicen los demás para que su declaración se ajuste a su experiencia y no a lo que cuenten el resto y para -¿por qué no decirlo’- podernos dar cuenta si incurren en contradicción respecto de lo que declararon otros. Antes de eso les toman juramento o promesa de decir verdad -cosa que nunca se hace con acusados- y se le advierte que de no hacerlo podría incurrir en delito castigado con penas de prisión, una mención que, por cierto, pone nerviosa a la gente aunque se tratase de la mísmisima Virgen María -libre de pecado, como me decían en el cole de monjas- E insisto que no hay Biblia sobre la que poner la mano para prestar juramento, que eso es cosa de pelis americanas.
Por último, hablaré de un detallito que a veces resulta un tanto enojoso: el de pedir la venia. Es costumbre inveterada pedir la venia del juez o tribunal cuando se va a tomar la palabra. Esto no significa sumisión ni inferioridad, sino que se trata de un modo de pedir permiso a quien dirige el debate y preside el acto para empezar a hablar. Aunque lo común es usar el consabido “con la venia”, podría sustituirse sin problema por un “con permiso” o incluso por cualquier modo de comunicación no verbal que significara lo mismo. Y se trata, sin duda, de una fórmula de estilo. Aun no he visto -ni creo que vea- a ningún miembro de la judicatura negando la venia para hablar a un profesional llegado su turno. Aunque estoy segura que más de una vez han tenido ganas de hacerlo. Mejor no dar ideas…
Por esta razón es por la que no se ha de pedir la venia en otras actuaciones judiciales como declaraciones, aunque mucha gente lo haga. No es una acto solemne, no se lleva toga ni se emplean fórmulas solemnes. Y menos aún si se tratara de funciones no jurisdiccionales, como el Registro Civil o la Junta electoral, por poner un par de ejemplos
Así que con esto me despido hoy, cerrando el telón de este estreno para dar el aplauso a quienes saben encontrar el equilibrio entre la solemnidad de las formas y la flexibilidad del fondo. Un difícil ejercicio
Reblogueó esto en Meneandoneuronas – Brainstorm.
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