
Dice la sabiduría popular que la necesidad crea el órgano. Pero no solo el órgano, la necesidad hace tomar decisiones que en otro momento serían impensables. Si en algún momento nos hubieran dicho que habríamos estado tanto tiempo sin ir al cine ni al teatro, o que lo haríamos con tales restricciones, `pensaríamos que se trataba de una película de ciencia ficción y no de la realidad. Pero quienes mandan han de tomar La decisión o las Decisiones, y, nos guste o no, hemos de pechar con ellas. Es lo que hay
Hablábamos en el estreno anterior de las medidas de seguridad que se han ido tomando en nuestro teatro, pero era un ejercicio basado más en la práctica diaria que en la realidad legislativa concreta aplicable a nuestro mundo. Pero, como si me hubieran leído, la norma no se hizo esperar ni un par de días, y aquí tenemos la ley 3/20 de 18 de octubre, publicada al día siguiente en el BOE, nuestro noticiario particular.
¿Qué es lo que dice esta norma y que supone para Toguilandia? Pues a ello vamos, sin perjuicio de empezar por explicar que se va a obviar toda la parte relativa a los concursos -y no precisamente a Pasapalabra ni al Un dos tres– porque ya se sabe eso de zapatero a tus zapatos.
Como debe ser, empezaré por el principio que, en toda ley que se precie, viene constituida por la Exposición de Motivos. Para quien no lo sepa, esta parte de las leyes, que en muchos casos es la más interesante, también se convierte en otras en un catálogo de deseos en vez de en una explicación de causas, cuando no combina ambas. En este caso, el motivo es tan sencillo y tan fácil de resumir que con una frase habría bastado. El motivo es nada menos que una pandemia. Pero no me resisto a resaltar algunas cosas que me han llamado la atención. La primera es que habla de diálogo y, hasta donde yo sé, nadie nos hemos sentido muy consultados, sobre todo en la trinchera . Y especialmente ninguneados se han visto quienes ejercen la abogacía y la procura que se han visto muy perjudicados por unas no vacaciones que no han beneficiado a nadie. La otra cosa que me deja ojiplática es la afirmación de que nos hemos adaptado con rapidez a los medios tecnológicos. Respecto a esto sí que pasopalabra.
Metiéndome ya en harina, he de decir que hay algo que me tiene hablando sola desde que lo he leído. En relación con los procedimientos preferentes, me encuentro con que se considera tal el derivado del artículo 158 del Código Civil, es decir, medidas extraordinarias en materia de familia. Y estoy, desde luego, de acuerdo. Pero lo que me pregunto es cuándo dejaron de tener esa preferencia para que tuviera que establecerla una disposición extraordinaria. Algo me debí perder en el camino, sin duda. Para quien no esté en el ajo, recordaré que por este procedimiento vemos cosas como consentimiento para salir al extranjero de hijos menores, cambios de colegios y hasta cambios de custodia o de visitas en situaciones de riesgo. Así que su urgencia es desde siempre, además de que ya lo establecía el precepto antes de que nadie imaginara que una virus iba a cambiar nuestra vida.
Por lo que a nuestro tema respecta, lo que más me gusta es que se pone fecha a la esperanza. Como se dice que las medidas organizativas y tecnológicas serán hasta junio de 2021, pensé que el legislador ha recibido un soplo, o una profecía, que pone fecha al fin de la pesadilla. Pero mi gozo en un pozo, porque no echan todos los huevos en la misma cesta. Según la materia, la fecha es diferente. Y es que al virus parece que le gusta más el derecho laboral que el penal, que es así de caprichoso. Pero, caprichos aparte, establece la norma que las actuaciones serán telemáticas, salvo excepciones, que son el juicio por delitos graves y la comparecencia de prisión, cuando así lo pida la parte. Nada que objetar a lo primero, pero en cuanto a lo segundo, me cuesta de comprender. ¿De verdad aporta algo la presencia física de las partes en un acto donde se limitan a hacer una petición y exponer las razones jurídicas que llevan a ello? Ahí lo dejo.
En cuanto al acceso del público a las salas de vista, se prevé, siempre que se respeten las medidas, en su versión presencial y en la telemática. La verdad es que me encantaría que tuviéramos un público de maniquíes como en los concursos de la tele, o de pantallitas con personas sonrientes que interactúan, pero temo que no es el caso.
Otra de las cosas que ya teníamos asumidas es la dispensa de las togas, nuestro particular uniforme de trabajo. Aunque yo proponía la toga epi no ha cuajado. Quizás sería este el momento de plantearnos por qué nuestra ropa de trabajo es menos necesaria que otras. Seguro que nadie se imagina a un bombero o policía sin uniforme o al personal sanitario sin pijama o bata. Pero tal vez no guste la respuesta, que viene fundamentada en quien proporciona -o no- ese uniforme de trabajo. Otra de las cosas que dejo en el aire.
También la atención al público tiene sus propias normas. Se nos dice que es imprescindible que sea telefónica, telemátca -que no telepática- o por correo electrónico y, de ser personal, con cita previa. Y, aunque está muy bien habría que pensar en un poco de flexibilidad, o llegaremos al absurdo de no poder atender al letrado que aprovecha que ha hecho otra gestión en la sede de que se trate para tratar de contactar. O, de llegar al absurdo de darle cita previa para dentro de 5 minutos. Todo puede ser.
Aunque lo que más me ha preocupado es lo relativo a los informes médico forenses y de los equipos psicosociales, que, según la ley, se harán a la vista únicamente de la documentación. Y yo seré muy poco imaginativa, pero me cuesta ver un informe médico sin ver al paciente o dictaminar sobre la custodia de un menor sin verlo ni escucharlo. Llamadme tiquis miquis, pero de veras que me cuesta.
Por último, además de la posibilidad de órganos especiales para aguantar el tirón, tenemos la previsión de la que se habló desde el principio, habilitar las tardes. Que está bien si es necesario, pero que poca efectividad tendrá si no va acompañada de un despliegue de medios que siempre se queda corto y, desde luego, de unas previsiones sobre conciliación -o mejor, corresponsabilidad- que no siempre se tienen en cuenta. Hasta aquí, un pequeño resumen de estas normas que pretenden paliar el desastre.. Si lo logran o no, el tiempo lo dirá. Pero, en cualquier caso, dependerá de quienes las apliquen. Y a ellos y ellas va dedicado el aplauso de hoy. Que Dios nos pille confesados. U confesadas, claro