En todas partes la palabra “juramento” tiene unas connotaciones sacrosantas que hacen que cause respeto. Afirmar algo es una cosa, pero jurarlo es otra mucho más seria. Tanto, que no son pocas las obras que llevan la referencia al juramento en su título: El juramento, Juramento final o Juramento de sangre, sin ir más lejos. Otro tanto ocurre con las promesas, aunque quizás suenen un poco menos contundentes, entre cuyos títulos hallamos La promesa o Promesa de sangre –casualmente, igual que en juramentos- o La gran promesa. Y, por supuesto, La princesa prometida. No fuera a olvidárseme
En nuestro teatro el juramento o promesa es protagonista de muchos de los momentos más importantes, en cualquiera de los lados del escenario. En otras ocasiones, forman parte del Derecho mismo, y pueblan los Códigos y tratados desde la noche los tiempos jurídica. Juro que sin exagerar un ápice.
En primer lugar, el juramento o promesa es requisito imprescindible para empezar a ejercer nuestras funciones. Tanto jueces, fiscales o Lajs como miembros de la abogacía y procuradores han de hacer juramento o promesa de cumplir y hacer cumplir la Constitución y resto del ordenamiento jurídico. La verdad es que es uno de los momentazos de la vida en Toguilandia, el estreno de la toga con todos los parabienes. Curiosamente, se llama “jura” aunque se pude jurar o prometer y, aunque el origen de esa diferencia estribaba en jurar por Dios o prometer por el honor, hoy en día se han difuminado esos matices y solo se pregunta si se jura o se promete. Y ojo, que con los nervios no se le escape a una eso de “juro y prometo”, porque como el texto sobre la que se hace el juramento contiene ambas posibilidades, no es la primera vez que oigo las dos. Como diría mi madre, más vale que sobre que no que falte. Palabrita del niño Jesús.
Ningún juez o fiscal puede empezar a ejercer en su primer destino sin este acto de juramento o promesa. Y también se realiza cuando se asciende y se viste la toga con las famosas puñetas
La verdad es que eso de cumplir y hacer cumplir la Constitución y resto del ordenamiento jurídico no es poca cosa. Significa que estamos sujetos al principio de legalidad y que hemos de hacer cumplir las leyes aunque no nos gusten ni nos parezcan adecuadas. Me llama poderosamente la atención la existencia de juristas que no se contentan con criticar algunas leyes –la de violencia de género, en especial- sino que llegan a llamar prevaricadoras a quienes las defendemos y aplicamos cuando no hacemos otra cosa que actuar conforme a dicho juramento. El mundo al revés, vaya. Pero a veces es el precio que hay que pagar por asomarse al mundo más allá de la Torre de marfil de maderas nobles y cortinajes de terciopelo que a veces es nuestro escenario.
Otro momento en que el juramento o promesa tiene especial protagonismo es el de la declaración de acusados –o investigados, según la fase procesal- y testigos en el proceso penal. Los investigados y acusados, a diferencia de otros países, no prestan juramento de decir verdad, porque es uno de sus derechos no declarar contra sí mismo. Así que en la práctica pueden mentir como bellacos sin que eso suponga delito. Eso sí, hay que decir que a los magistrados y magistradas no suele gustarles nada que jueguen a engañarles, así que si van a tomarles el pelo, más vale pensarlo dos veces. Recuerdo un magistrado que solía advertir al acusado que su derecho a no declarar contra sí mismo no implica el de tomar por tontos a los miembros de tribunal. Y juro que daba buenos resultados.
En cuanto a los testigos, esos si han de decir la verdad. Y no porque, como Chus Lampreave, sean testigas de Jehová y tengan prohibido mentir, sino porque la ley así lo establece y de no hacerlo incurren en delito de falso testimonio, que no es ninguna tontería. En nuestro Derecho no hay delito de perjurio para el acusado como en las pelis americanas, pero sí que hay delito de falso testimonio si el testigo miente. Siempre que le pillemos, claro está .
Hay que reconocer que el momento del juramento o promesa por parte de testigos es uno de nuestros momentos estrella a la hora de atesorar anécdotas. Como quiera que en España somos más bien siesos a la hora de recibirlo, no tenemos ni Biblia, ni mano en el pecho, ni nada de nada. Solo se le pregunta si jura o promete. Y más de uno y una se han quedado con las ganas de hacerlo sobre algún libro de lomos dorados, aunque lo de los golpes de pecho no lo podemos evitar. Ni tampoco que apostillen eso de “por estas, que son cruces”. Recuerdo a un testigo que, a mitad de su declaración, como le recordaron que estaba bajo juramento porque no resultaba muy creíble, nos dijo “que me muera ahora mismo si he mentido”. La juez no pudo contenerse y le dijo “por Dios, no diga eso” porque como se cumpliera, nos iba a caer fulminado de inmediato. Si aquel hombre hubiera sido Pinocho, la longitud de su nariz hubiera superado el largo de la sala de vistas.
Sin embargo, en el proceso civil , y en otros ámbitos del derecho, las cosas no son así. Demandado o demandante, así como testigos, juran decir verdad si declaran. Y es más, si no comparecen pero han sido citados, puede pedirse su declaración y tenerlos por confesos porque no están. Una dicción con claras connotaciones religiosas del año del catapum. Aunque la ley de Enjuiciamiento Civil sí que sea del año 2000.
Y como me he venido arriba, derribaré otro mito desde las alturas. Aquí no se dice eso de juro decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad. Suena muy bien en las películas, pero ahí es donde debe quedarse Como ya he dicho, somos un poco siesos.
Por ultimo, hay que hacer referencia a la promesa como parte mismo del derecho. Las promesas forman parte del Derecho Civil y pueden, incluso, formar parte del Derecho Penal. La más conocida, la promesa de matrimonio, de la que hoy nadie habla pero que formó parte de nuestro ordenamiento no hace tanto tiempo. Incluso era un tipo específico de engaño a una mujer para conseguir tener acceso carnal con ella. Por fortuna, eran otros tiempos
Así que, como hubiera dicho el presidente Suárez, puedo prometer y prometo que no doy más la lata por hoy con esta historia. Aunque no me olvido del aplauso, que doy hoy a todas y todos los profesionales del Derecho que cada dia se la juegan en juzgados y tribunales. Juro y prometo que lo merecen. Por estas que son cruces.
Cuando vi la película de Almodóvar, pensé que reírse de nosotros es una cosa, pero reírse con nosotros hubiera estado mejor, al menos antes de hacer el texto del texto asesorarse por alguno de nosotros de cuales son nuestras creencias y por lo menos he visto dos fallos de mucha falta de respeto hacia nuestras convicciones:
1/ Los Testigos de Jehová juramos, juramos delante de un juez o delante de una autoridad, con una Biblia, aunque nunca con un crucifijo, pues no necesitamos imágenes talladas de dios alguno para jurar, «su si sea si y su no sea no» dijo Jesús, pero legalmente no tenemos ningún rubor en hacerlo público y dando fe de este juramento aunque entre nosotros no sería necesario, si realmente somos cristianos de verdad.
2/ No nos gustaría mentir, a ningún testigos, como dice Chus «ya me gustaría pero las testigas no podemos mentir», somos testigos no es necesario que las mujeres sean testigas pues ya se entiende con el nombre testigos. Ustedes son mis testigos, dice la Biblia y nos engloba a todos (Isaías 43:10) y a nadie le gusta mentir ¿por qué? porque el quiere mentir no se hace Testigos de Jehová y nadie le obliga ni a no mentir ni a hacerse testigo del Dios verdadero.- Un abrazo desde Sabadell.- (Juan Ferrer Blanes)
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