San Valentín: amor y Derecho


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Este año no he podido sustraerme. Aunque ya hemos pasado varios 14 de febrero desde que se alzara por vez primera el telón de Con Mi toga y Mis Tacones, hasta ahora había venido obviando la fecha porque no es demasiado de mi gusto. Y aunque el querubín con su arco y sus corazones puede tener su gracia, lo de las Flechas del amor de Karina y todas sus connotaciones mercantilistas me parecen un poco casposas.

Aunque es lo que hay y, como la ocasión la pintan calva, bien está que dediquemos un estreno al amor, que para tantas obras ha dado y sigue dando de si. Desde el clásico Romeo y Julieta –en versiones leída, vista, cantada o danzada- hasta la almibarada Love Story, desde Amor sin Fin hasta aquellos productos de una época en España titulados El día de los Enamorados o Vuelve San Valentín, donde una encantadora –hay que reconocerlo- Concha Velasco nos daba puntual nota, junto a Tony Leblanc, de todos los esterotipos posibles.

Pero a estas alturas muchos se estarán preguntando qué tiene que ver nuestro teatro con el amor, si es que nos vamos a poner el escudo de la toga en forma de corazón y, de uno a otro lado del banquillo, lanzarnos flechas empapadas en azúcar en lugar de espetarnos jurisprudencia y textos legales. Pero tranquilidad. Nada de eso. Seguiremos en nuestro universo toguitaconado como siempre, porque siempre estuvo en él el amor o el desamor en pareja. Porque forma parte de la vida y el derecho no es otra cosa que el modo de regularla.

La influencia del amor en nuestro teatro se ve por todas partes. Con su parte buena y con su parte no tan buena. Y hasta con su parte dramática. Y a una y otra parte de los estrados podemos encontrar corazones togados o destogados.

En primer lugar, pensemos en el matrimonio, o las relaciones de pareja no matrimoniales. En cuanto al primero, es imposible sin que intervenga el derecho en él. Necesariamente, un juez del registro civil -aunque ahora caben otras opciones, como un notario, y habrá que ver qué pasa con el futuro Registro Civil– ha de registrarlo e inscribirlo y, en muchos casos, celebrarlo. Que me lo digan a mí si no que cada viernes me veo sobresaltada por el ruido de las tracas con que lo celebran a la salida –en Valencia somos así-. Sigue llamándome la atención el revoloteo de novias, novios y familiares, con todas las modalidades de vestuario posibles, esperando su turno.

Y, aun cuando la pareja haya tomado la decisión de no casarse, tiene la posibilidad de juridificarlo inscribiéndose en el registro de parejas de hecho. Pura contradicción, porque si se inscriben, ya serían parejas de derecho, no de hecho, o al menos eso es lo que siempre he pensado. Aunque también están las que ni eso, pero, llegado el caso de ruptura, acaban aterrizando en el juzgado para repartirse bienes, y, sobre todo, para dar forma legal a los temas de la custodia de los hijos comunes. Y es que si en el amor interviene el derecho, en el desamor lo invade. Cualquiera que lleve derecho de familia tendrá la experiencia que es la jurisdicción perpetua, los asuntos que nunca se acaban. Separación, divorcio, nulidad, liquidación de la sociedad conyugal, medidas de hijos, modificaciones de las medidas, vistas de gastos extraordinarios, ejecución, oposición a la ejecución. Hasta el infinito y más allá. Incluso después de la muerte, vía herencia.

Pero no es solo en el derecho civil donde las togas irrumpen en los corazones, rotos o sin romper. Y, aunque diga el refrán que siempre hay un roto para un descosido, lo que hacemos nosotros es más bien un remiendo. Gestionar las crisis, como se pueda. Cuántos juicios de faltas habremos celebrado por cuestiones en las que subyacía una relación de pareja. Y no solo entre los miembros de la misma, sino entre sus padres, cuñados, amigos y demás. Porque eso de tres es multitud es una leyenda urbana.

En el derecho penal tenemos claros ejemplos de la influencia de esta relación. En el robo y en los delitos patrimoniales no violentos, la excusa absolutoria hace que no se pene al cónyuge que roba al otro. Y la ley de enjuiciamiento criminal permite que un cónyuge, o pareja, no declare contra el otro como testigo. Esa dispensa legal que ha permitido a tantas mujeres eso que popularmente se conoce por retirar la denuncia y quedar al albur de su maltratador.

Y, si hay una muestra dramática del desamor, ésa es la violencia de género. Ese drama que diariamente sufren muchas mujeres a manos de su marido, de su pareja o de quien lo fue y que sigue llenando los juzgados de papeles y de impotencia. Y también es muestra de ello la violencia doméstica, la que se ejerce por mujeres contra hombres en el ámbito de la pareja o en el seno de parejas homosexuales que, aunque no forme parte de la violencia doméstica y sea casuísticamente inferior, también existe. Y también tiene su reproche penal.

Pero, si hay algo donde se traiga el amor a colación a contratiempo, es en esas declaraciones que tanto hemos oído últimamente de mujeres formadas y preparadas que afirman tan ricamente que firmaban todo lo que su maridito les ponía delante. Como si ellas fueran tontas y con ellas, todas las mujeres. Y pase que, en otra época, las mujeres que eran herederas de una sociedad que no les permitía trabajar, viajar o comprar un piso sin permiso de su marido o de su padre, pudieran comportarse así. Pero esgrimir eso hoy en día, con una formación y una sociedad igualitaria, parece casi una burla. Y no debiera tener consecuencias en Derecho.

Así que hoy el aplauso no es para San Valentín. Ni siquiera para quienes se aman sin que su amor tenga que ser invadido por togas y puñetas. Hoy el aplauso es para todos los profesionales que, con toda la paciencia del mundo, se dejan el corazón en tratar de solucionar esos asuntos en que andan por medio corazones rotos. Porque remendar es a veces más difícil que coser.

 

 

 

2 comentarios en “San Valentín: amor y Derecho

  1. Pingback: Perdón: no basta pero ayuda | Con mi toga y mis tacones

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