Asesinato: el rey de los delitos


asesianto psicosis

Pocas cosas más vistosas que un buen asesinato para cualquier autor o guionista. O quizás ninguna. Me faltarían dedos de los pies y de las manos, aunque sumara a los míos los de un equipo de fútbol completo, para enumerar las películas, novelas, y obras de teatro basadas en un asesinato. Como decía Jessica Fletcher, Se ha escrito un crimen. O más bien muchos, porque títulos de películas referidas a asesinatos hay muchos: Asesinato en el Oriente Express, Asesinato en Cornualles, Asesinato en la Universidad, Misterioso asesinato en las Vegas o en cualquier otro sitio. Son muchas las películas que ofrecen la Anatomía de un asesinato, visto directamente o a través de La ventana indiscreta, hasta convertirse en una verdadera Psicosis, incluso si lo ha cometido El muñeco diabólico o el mismísimo Joker. Y en ocasiones, son más de uno, sin duda, sean Seven o Diez negritos. Y es que el Crimen perfecto no existe. O tal vez sí.

La verdad es que cuando alguien ajeno a nuestro teatro piensa en él, lo primero que pregunta es por casos de asesinatos. Aun recuerdo que, cuando mis hijas eran pequeñas, cada vez que alguna amiguita sabía a qué se dedicaban su mamá, preguntaba si había conocido a algún asesino. Y no solo es una pregunta que hacen las criaturas, que hay gente bien mayorcita que te estampa la pregunta en la cara. Y otra que se queda con las ganas de hacerlo, que se le nota en la cara. Por cierto que una de mis hijas, haciéndose la interesante solía decir que su mamá veía asesinos a diario. A saber que pensaban las amiguitas y sus familias de esta pobre toguitaconada.

Todo el mundo que lleva cierto tiempo en Toguilandia ha tenido oportunidad de hacer algún juicio por asesinato. Algunas, más de uno y de dos, porque la pertenencia a determinadas especialidades, como la de Jurado, multiplica las posibilidades de que te caiga en suerte un delito de esa especie, dado que es el procedimiento por el que, desde el año 1995, se juzgan estos delitos. En cualquiera de los casos, es una especie de bautismo de fuego. Un fiscal de la vieja escuela nos decía cuando llegábamos a ese momento que se trataba de la primera muesca en nuestra toga, como si fuéramos vaqueros del Far West. Y, aunque algo trasnochado el símil, no dejaba de tener ciertas dosis de razón. Siempre me quedé con las ganas de contestarle eso de «Yo que tú no lo haría forastero»

Mentiría si dijera que recuerdo perfectamente mi primer asesinato en sala. Por aquel entonces -una ya tiene unos años- no era competencia del tribunal del jurado y fue un ajuste de cuentas sin demasiado interés jurídico y ningún interés mediático. Sí recuerdo mejor el primer juicio por jurado por asesinato en que intervine, el de un anciano al que asesinaron en un desguace que regentaba. Acabó con condena, por cierto.

Los asesinatos que recuerdo especialmente son todos y cada uno de los asesinatos de violencia de género en los que he tenido que intervenir, tanto aquellos en los que hubo juicio como los que ni siquiera lo hubo porque el presunto autor se suicidó o se murió antes de ser juzgado. Y ya sé que, llegada a este punto, habrá alguien esgrimiendo la bandera de la presunción de inocencia y diciendo que el hecho no pude ser asesinato si no existe condena. Craso error. La presunción de inocencia abarca al autor y no al hecho. Si una mujer aparece muerta con treinta puñaladas por la espalda, no cabe duda de que ha sido asesinada. Lo que será presunto será el autor hasta que sea condenado.

En cualquier caso, conviene aclarar, aunque ya se haya hecho más de una vez, qué necesita una muerte dolosa para pasar de ser homicidio a asesinato, en el sentido jurídico del término. Porque, pese a todo, existe mucha confusión y mucha leyenda urbana que se perpetúa en tertulias y redes sociales.

El homicidio se convierte en asesinato cuando concurren una o varias de las siguientes circunstancias: alevosía; precio, recompensa o promesa; ensañamiento o cuando se comete para facilitar la comisión de otro delito o evitar que se descubra.

Iremos por partes, pero empezaré diciendo lo que no es una circunstancia del asesinato, aunque mucha gente lo crea. Se trata de la premeditación. Sé que a más de uno y de una le dará un parraque al descubrir que eso que se oye tanto de «asesinato con premeditación y alevosía» no responde a la realidad jurídica, pero es así. La premeditación fue una circunstancia cualificadora del asesinato en el Código anterior, pero desapareció en el de 1995. Como desaparecieron también las agravantes de despoblado, nocturnidad y cuadrilla, aunque sigan quedando muy literarias. Pero la literatura no siempre es fiel al ordenamiento jurídico.

Empezando por la alevosía, ya hablamos de ella en el estreno dedicado a las agravantes. Existe como circunstancia cualificadora del asesinato y también como circunstancia genérica de cualquier otro delito, y, esencialmente, consiste en atacar a una persona indefensa aprovechándose de tal indefensión. Sea por inferioridad física, como ocurre con un niño pequeño o una persona discapacitada, porque se va armado frente a alguien que no lo está, porque se ataca por la espalda o porque se aparece por sorpresa, el elemento definitorio es la inexistencia o eliminación de toda posible defensa por parte de la víctima del asesinato.

También al ensañamiento le dedicamos parte del estreno relativo a las agravantes porque, al igual que la alevosía, existe tanto en su versión específica como cualificadora del asesinato, como en su versión de agravante genérica para cualquier delito. No obstante, no está de más repetir que lo que el común de los mortales entiende por “ensañarse” con alguien, no equivale con el ensañamiento jurídico, que requiere aumentar el dolor del ofendido o causarle sufrimientos innecesarios. El caso típico que siempre conduce a error es el de apuñalar muchas veces a alguien una vez se le ha matado. Aunque el cuerpo tenga cincuenta puñaladas, si la primera  provocó la muerte y las siguientes ya se asestaron sobre un cadáver, no hay ensañamiento. Es lo que hay.

En cuanto al precio, recompensa o promesa, hay que reconocer que suena muy del Far West y las muescas de la toga de mi veterano compañero. Pero en la realidad, se circunscribe a los casos de sicarios. Y hay que recordar que a quien le agrava es al autor material, que es el que lo comete “por”, o sea, motivado por la recompensa. Quien la ofrece será el inductor, sin duda. Y aquí añadiré que tener un asesinato con sicarios es mucha más infrecuente de lo que la gente imagina,. En mi vida profesional solo he visto uno -y está condenado- y hay fiscales que nunca vieron ninguno.

La última circunstancia es la relativa a utilizar el crimen como medio para cometer otro o para esconderlo. Podría ser el supuesto del que mata a alguien para robarle, en el primer caso, o del que mata a un testigo del delito cometido anteriormente para que no abra la boca. Los supuestos teóricos son muchos, aunque en la práctica no sean tantos. Lo de que la realidad supere a la ficción pasa a veces, pero no siempre.

Y hasta aquí, el estreno de hoy. Espero que no haya salpicada a nadie la sangre. El aplauso se lo daré a todos los profesionales que tienen que bregar con este tipo de crímenes. Porque si siempre cuesta hacer justicia, en estos caso es especialmente duro. Seguiremos en ello

 

Deja un comentario