Para informe: el comodín de la llamada


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No hay juego de cartas que no tenga un comodín. Y no hay casino que se precie sin sus mesas de cartas, un escenario muy dado a películas y obras de ficción. Sin un Black Jack en un Casino, ni es Casino ni es nada. Ni Casino Royal ni Molly´s Game serían igual. Por extensión, los comodines sirven para muchas otras cosas, pero han dado en alcanzar cierta notoriedad en los concursos de televisión, como ¿Quien quiere ser millonario?, donde el comodín de la llamada o el del público pueden sacar al concursante del apuro. ¿Y quien no ha dicho alguna vez “pasapalabra” cuando no sabía qué contestar a alguien?. Aunque he de reconocer que para títulos de concursos me quedo con uno que veía de niña, llamado Si lo sé no vengo. Hace tanto tiempo de aquello, que fue con el que se dio a conocer Jordi Hurtado. Eso sí, estaba igual que ahora, salvo el color de la montura de las gafas.

En nuestro teatro tenemos un famoso comodín del que ya hemos hablado más de una vez, el “pase al Fiscal para informe”. Es tan famoso y tan controvertido que ayer mismo teníamos una animada conversación tuitera entre jueces y fiscales que iba desde el “yo nunca he pedido informe del fiscal” hasta el “a mí me lo piden siempre”. Por supuesto que no hace falta ser Sherlock Holmes para saber de qué lado de estrados venía una y otra afirmación. Aunque, en honor a la verdad, diré que entre uno y otro extremo había multitud de grises toguituiteros y además, muy cordiales. Como debe de ser.

Cuando yo llegué a Toguilandia, allá por el Pleistoceno, fui a caer en un destino donde las relaciones entre judicatura y fiscalía no atravesaban su mejor momento. En consecuencia, de las primeras cosas que nos dijeron los veteranos -y no estoy usando el masculino genérico- a las recién llegadas -tampoco uso el femenino genérico-  era que «a los jueces, ni agua». Nada de tomarnos cafés, ni de hacer bromas ente juicio y juicio ni de dirigirnos la palabra si no era por escrito o para informar en juicio. Y, por supuesto, a recurrir todo lo recurrible, en especial los autos de incoación de Procedimiento Abreviado en cuanto les faltara un poco de motivación o de concreción en los hechos. Aclaro que era en esos momentos cuando el Tribunal Constitucional estaba fijando la doctrina al respecto y aquello tocaba bastante las narices judiciales

Ni que decir tiene que semejantes indicaciones nos dejaron de pasta de boniato. Además, en mi caso, iba a ser difícil de cumplir, ya que mi pareja era uno de aquellos jueces a los que había que condenar al ostracismo fiscal y recurrirles todo lo recurrible. Pero había quien se lo tomaba tan en serio que una juez llegó a devolver los famosos «vistos» a mano a la vuelta de la resolución para que se transcribieran a máquina. Verdad verdadera.

Por supuesto, consecuencia directa, o tal vez causa, era la respuesta a la famosa providencia “pase al fiscal para informe”, algo que no venía en la Ley de Enjuicimiento Criminal ni en nuestros apuntes de la oposición pero ha resultado ser uno de los hits de las relaciones entre jueces y fiscales. Pues bien, la consigna era que cada vez que nos remitieran aquello de “pase al fiscal para informe” respondiéramos con un lacónico “procédase conforme a Derecho”, nuestro comodín del público, o su versión más pulida: “incoado procedimiento conforme a la ley, procédase conforme al tenor de la misma”

Recuerdo una versión cañí de “pase al fiscal” que, aunque he contado alguna vez, no me resisto a traer a colación aquí. Era el traslado urgente por pósit, con un texto que decía “al fiscal cagando leches”. Por supuesto, el fiscal aludido cumplió con presteza con su cometido y pegó a su informe otro pósit donde decía “al juez por el mismo conducto”. Un juego de buena educación e ironía fina que no siempre se cumple. Todavía se recuerda en el lugar donde sucedió la que se armó cuando una causa llegó a fiscalía con un pósit donde decía “a la…. De la fiscal” -rellénese la línea de puntos como guste a cada cual- La verdad es que nunca supimos si el lapsus de enviarlo con el pósit fue tal lapsus o alguna mano lo olvidó deliberadamente. Y nunca lo sabremos.

La cuestión de la que hablábamos en nuestra conversación tuitera era a propósito de la admisión de una querella. Es cierto que en ningún sitio dice que deba pasarse para informe al Ministerio Fiscal, pero también lo es que no dice que no se pueda hacer, y puede tener fundamento en la función del fiscal de impulso procesal a que aluden varios preceptos de la LECrim. Mi experiencia personal, demás de un cuarto de siglo, es que siempre me las han pasado para informe, y que, además, yo he informado gustosa. Es más, cuando me han preguntado al respecto, mi respuesta suele ser “pásamelo para informe”. Y es cierto que es más práctico conocer desde el principio la postura de “tu fiscal” que tener que ir descubriéndola a fuerza de recursos, como si se tratara de una novela por entregas. Pero también es verdad que el sistema de la Ley era que el juez decidiera y el fiscal recurriera o no. Como siempre, estamos hablando de una ley del siglo XIX para una realidad del siglo XIX, un detalle que no es baladí.

Esto mismo vale para cualquier trámite, particularmente en fase de Diligencias Previas. El sobreseimiento suele acordarse a instancias del fiscal o, al menos tras un informe del mismo sobre si procede continuar o no con la causa. Lo cual, aunque no esté previsto en la ley es bastante práctico, sobre todo en causas en que no hay más partes personadas. Como quiera que el juez o jueza no puede seguir adelante si la fiscalía pide el sobreseimiento, salvo que haya acusación particular, es bastante razonable conocer el parecer del ministerio Público para que Su Señoría sepa a que atenerse.

Como decía, mi experiencia es que el pase al fiscal para informe es el pan nuestro de cada día. Algo que, por otro lado, hemos asumido mi juez y yo como modo de funcionar y no critico en absoluto. Por lo que veo, hay quien piensa exactamente lo contrario y dice que jamás lo hace así. Y es que al final, cada togadico tiene su librico.

Pero, con la ley en la mano, no podemos dejar de lado algo incontestable. A día de hoy, el Ministerio Fiscal no es quien instruye. Esperar a que sea el que dé cada paso en la instrucción es un modo encubierto de que lo haga, aunque en modo cutreleg, esto es, sin cobertura legal ni medios. A esto se sumó el infumable artículo 324 de la Lecrim, al que tantas maldiciones hemos dedicado, que no solo establecía límite temporal a la instrucción -6 meses prorrogables a 18- sino que convertía al fiscal en el garante del mismo, a pesar de no ser quien tiene en su poder los autos. Como he dicho en alguna ocasión, nos manda cuidar de una casa pero no nos da las llaves. Y es que es un precepto que, con los medios necesario, podría ser coherente con un sistema en que instruyera la fiscalía, pero nunca en uno en que caiga sobre los miembros de la judicatura. Esa instrucción sobre la que se sigue debatiendo a quién corresponde, con jueces y fiscales reclamando “mi tesoooro”, como ya vimos en otro estreno.

Eso si, lo que no podemos ocultar es lo bien que viene esta posibilidad cuando se avecinan determinados momentos como inspecciones -está todo en fiscalía- o cara a las vacaciones, en ese fin del mundo judicial que vivíamos cada mes de julio y cada fin de año. Ahora, como el maldito virus lo ha trastocado todo, el efecto fin del mundo pasa a ser cosa de cada día y no solo de vacaciones. O de no-vacaciones para más de uno y una, cortesía del coronavirus.

Y hasta aquí la historia de una de las providencias más famosas de Toguilandia. No quiero terminar sin llamar la atención sobre algo. Resulta llamativo que, cuando más se especifican las funciones del Ministerio Fiscal en jurisdicciones distintas a la penal, incluso en cuestiones en que su presencia no tienen demasiada justificación -como la comisión de Justicia Gratuita- la regulación de nuestra intervención en la materia donde mayoritariamente actuamos sea todavía tan difusa. Recordemos que, por el contrario de lo que muchos creen y exigen, la presencia del Ministerio Fiscal no es precisa en declaraciones de testigos e investigados, aunque pueda estar y de hecho lo esté en muchas ocasiones.

El aplauso se lo daré a quienes hacen de ella el uso razonable que suponga beneficio del justiciable. Y par mí, me pediré el comodín de la llamada, por si alguien se ha molestado. Nada más lejos de mi intención.

Y la mención extra es hoy para Nieves, señoría tuitera de la que he tomado prestada esta imagen. Me pongo al corte y confección ya mismo para imitarla

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