Violencia doméstica: dolor en casa


                El maltrato dentro de la casa, con carácter general, ha sido objeto de muchas obras de cine y literatura. Lamentablemente, ocurre porque está tan presente en nuestras vidas que no es posible sustraerse de ello. Y no hace falta hablar de filmes impresionantes sobre maltrato infantil o hechos desgarradores –basados en hechos reales- como los que se narraban en Crimen en familia. Hay películas tan inocentes como Cenicienta o Blancanieves que ya lo describen, porque ¿qué otra cosa era aquellos a lo que sometían a las protagonistas hermanastras y madrastra?

                En nuestro teatro, por desgracia, la violencia doméstica es muy habitual, en cualquiera de sus versiones. Maltrato en la pareja, de padres a hijos, de hijos a padres y de cualquier otro tipo, que abarcan todo el catálogo de ilícitos penales imaginables, desde los delitos contra la vida hasta los relativos a la libertad sexual, pasando por cualquier otro. La casuística es tan amplia como imaginarse pueda.

                Lo primero que me gustaría explicar, en este estreno toguitaconado, es la diferencia entre violencia doméstica y de género, una diferencia que no por trillada deja de ser necesaria de concretar. La Violencia de género, tal como se concibe en nuestra ley integral, tiene lugar dentro de la pareja o entre quienes lo han sido, siempre que la ejerza el varón sobre la mujer. Aunque hay que aclarar que otras fuentes legislativas como el Convenio de Estambul o nuestro propio Pacto de Estado la amplían a todos los delitos que se cometan contra las mujeres por el hecho de serlo, como ocurre con delitos como la mutilación genital femenina, los matrimonios forzados o los atentados contra la libertad sexual. Pero a día de hoy nuestro Código Penal y nuestras leyes procesales –por la competencia del juzgado de violencia sobre la mujer- aun no lo han asumido, aunque es de suponer que en un período medio de tiempo habrá de que ponerle el cascabel a ese escurridizo gato.

                Por su parte, la Violencia doméstica es toda la que ocurre en el seno de la casa o la familia, entendida en el sentido amplio que incluye a familiares por afinidad, como la relación entre las hermanastras y Cenicienta de la que hablaba antes, o la de Blancanieves con su madrastra y verdugo. Así pues, puede entenderse que la Violencia de género –en su acepción de la ocurrida dentro de la pareja- es una especie de la violencia doméstica. Aunque también cabe entender que no es una clase sino que tiene especificidad propia, criterio más coherente con la concepción de la violencia de género como violencia sobre la mujer por el hecho de serlo. Sea como sea el criterio que se elija, lo que hay que dejar bien claro son dos cosas. La primera, que tiene una especificidad que requiere una normativa propia, y, la segunda, que esa normativa propia en modo alguno significa que se desprotejan los otros tipos de violencia doméstica, respecto a los que cabe, incluso, la tan llevada y traída orden de protección, que no es un invento del feminismo sino que se reguló antes que la violencia de género, en 2003, para todo el ámbito de la violencia doméstica.

                Dicho esto, habrá que entrar en harina. Y la harina no es ente caso otra que muchos tipos de maltrato, entre los que es especialmente doloroso el maltrato infantil. Cuando yo daba mis primeros pasos en Toguilandia, recuerdo que mi madre me preguntaba si era verdad aquello que sacaban en la tele sobre niños maltratados por sus propios progenitores, porque le parecía inconcebible. Y, aunque a mí también pudiera habérmelo parecido en algún momento, no tardé un nanosegundo en descubrir la triste realidad y responderle en consecuencia. Todas las personas que habitamos Toguilandia hemos tenido casos escalofriantes de criaturas apalizadas, quemadas con cigarrillos o abandonadas sin alimento e incluso asesinadas. Un bautismo de fuego especialmente duro, pero inevitable. Ahora mismo me vienen a la cabeza varios casos, porque pase el tiempo que pase, es difícil olvidarlos. Pero del que más me acuerdo es del asesinato de un bebé por su madre, cuya condena logré, y respecto del que luego tuve que soportar una circunstancia, cuanto menos, curiosa. Uno de esos haters que se amparan en un cobarde anonimato, me espetaba en redes, como hacen casi a diario, que no perseguía los delitos cometidos por mujeres sobre sus hijos, y me lanzaba a la cara virtual un recorte sobre ese caso que, precisamente, había llevado yo, Por supuesto, no le respondí, amparada en la máxima de no alimentar al troll, pero desde luego que me quedé con las ganas.

                Precisamente, esto me lleva a otra de las cosas que quería explicar. Las mujeres no somos seres de luz, y las feministas no tenemos por postulado que todas las mujeres lo sean. Las mujeres tenemos tantas luces y tantas sombras como cualquiera, y el hecho de perseguir la violencia de género no impide a nadie perseguir otros delitos. Por más que se empeñen en decir lo contrario. Acusamos a madres que matan o maltratan a sus hijos cuando así sucede, aunque aprovecho también para recordar que, a pesar de unas estadísticas manipuladas que circulan por ahí, en modo alguno son más las mujeres que matan a sus hijos que los hombres que lo hacen. Y son igual de reprochables y se les castiga igual. Algo que por obvio que parezca hay que repetir casi a diario.

                En la frontera entre este tipo de maltrato y la violencia de género está la violencia vicaria de la que ya hemos hablado más de una vez. Se trata de la que ejercen los padres contra sus propios hijos e hijas al utilizarlos como instrumento para dañar a la madre. Los ejemplos dolorosos nos vienen a la cabeza enseguida con los rostros de las pequeñas Anna y Olivia, Rut y José Bretón y tanto otros.

                Otra faceta importante de este poliedro de la violencia doméstica es el maltrato en la pareja diferente de la violencia de género. Hablo del maltrato en parejas homosexuales o el de la mujer sobre el hombre. Quede claro que se castiga con la misma dureza y se aplica la misma agravante de parentesco. Y que, además pueden otorgarse las mismas medidas cautelares, como la orden de protección a la que hice referencia antes.

                Y, por supuesto, otra de las partes más dolorosas es el maltrato de los hijos o hijas a sus progenitores o ascendientes. Por desgracia, quienes llevan menores saben mucho más de eso de lo que les gustaría. Y, aunque no siempre sea así, en estos casos hay problemas sociales de fondo que los juzgados difícilmente pueden resolver. Entre estos supuesto, los de madres maltratadas por hijos drogadictos que se debaten entre soportar ese infierno o denunciarlo y dejar a su hijo abandonado a su suerte sin sitio donde vivir y en el más absoluto desamparo.

                Por último, no me olvido de los atentados sexuales que sufren muchas niñas y niños durante su infancia por parte de familiares muy próximos por consanguinidad o por afinidad, esto es, sean padres o padrastros. Y el mundo de silencio en el que viven esa tortura que puede marcar sus vidas para siempre.

                Hasta aquí el estreno de hoy. Solo pretendía dar unas pinceladas sobre algunos de los hechos que más nos marcan en nuestras carreras jurídicas. Por eso el aplauso es para quienes día a día se enfrentan a estos casos con entereza y profesionalidad. Aunque luego les cueste el sueño. Algo que no siempre se valora como debería.

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