
El paso del tiempo es uno de los grandes protagonistas de nuestras vidas. Y, cómo no, del mundo del arte. Teatro, literatura, con y cualquier otra manifestación artística no pueden permanecer ajenas al paso del tiempo, y lo que ayer era actualidad hoy es historia. Pasan Las horas, nos encontramos con Lo que queda del día y, al final, recordamos Tal como éramos. Ayer, hoy y mañana.
En nuestro teatro no podemos permanecer ajenos al paso del tiempo. Aunque la regla general es que la ley es estática y la jurisprudencia que la aplica es dinámica, nada es inamovible y, a diferencia de lo que ocurre con la doctrina, que es flexible y cambia sin necesidad de que el BOE lo refleje, las leyes, para cambiar, necesitan del procedimiento legislativo correspondiente. Pero evolucionan, claro está. Unas se derogan y otras se promulgan, unas se modifican y otras se mantienen. Como la vida misma.
El estreno de hoy se va a centrar no en todas las leyes que cambian, algo casi imposible de acometer en un simple post, sino en aquellos delitos que un día se aplicaron y hoy han dejado de existir por una u otra razón. Así que vamos a ello, aunque sea, claro está, sin ánimo de exhaustividad. Ya dice el refrán que de muestra vale un botón.
Para empezar, me referiré a los recordados juicios de faltas , cuya sustitución por una nueva especie, los delitos leves -o levitos, que es mucho más bonito- nos sustrajo multitud de anécdotas que nos alegraban la vida de Toguilandia casi a diario. Hay que reconocer que sus sucesores no tienen la misma chispa. Entre otras razones, porque la desaparición de las injurias leves, salvo en el ámbito familiar, nos han privado de frases impagables de las broncas entre vecinos, como la de aquella señora tan ofendida porque su vecina le dijo que no se lavaba la faja, o la de una chica a la que otra vecina llamaba “puta” porque solo tendía lencería “picante” (sic)
Algunas de aquellas faltas extintas respondían a otro espíritu y tenían menos miga. La de juicios que hicimos por conducir sin seguro obligatorio hasta que alguien cayó en la cuenta que se hacía exactamente lo contrario de lo pretendido: beneficiar al infractor. Porque la sanción penal era muy inferior a la que correspondía en la vía administrativa, con lo cual se había hecho de la torta un pan. Así que volvieron a aquella vía de la que nunca debieron salir
Pero la lista de delitos derogados más extensa es la que se refiere al cambio de modelo de estado operado en nuestro país hace más de cuarenta años. El régimen franquista consolidó muchos delitos que, una vez entrada en vigor, tenían que decaer por fuerza. Vaya por delante que hay delitos que se mantienen en todas épocas y lugares, como el robo, el asesinato y sus derivados o la violación. Pero hay otros que no responden a ese espíritu que proviene del Derecho natural, y a esos es a los que aludo.
Así, podemos recordar la punición del adulterio y el amancebamiento, según que el infiel fuera mujer u hombre, en lo que salíamos perdiendo las mujeres por goleada. Hoy, ni uno ni otro llega a concebirse que pueda ser delito. A ese mismo espíritu respondía la atenuante de uxoricidio en adulterio, que hacía que matar a la mujer infiel mereciera una pena ridícula como era el destierro, o el infanticidio, que consideraba delito menor matar al recién nacido si se hacía para ocultar la deshonra En el mismo grupo de delitos podríamos incluir la punición de las prácticas homosexuales que, por fin, despareció después de suponer muchos años de tortura e invisibilizarían para ese colectivo.
Cuestión distinta eran los delitos considerados políticos o ideológicos. Esos que barrió de un plumazo la Constitución y que dieron lugar a la aplicación de la ley de amnistía en su día. Por suerte, hoy en día, opinar no solo no es un delito sino un derecho.
En la misma línea se encontraban aquellos delitos contra a seguridad interior y exterior del Estado, que todavía sobrevivieron hasta 1995 y que tanto costaban de aprender a los opositores y opositoras de entonces. Todavía recuerdo al famoso español que sedujere tropa para que pasare al servicio de tropa sediciosa o separatista, que más me parecía el argumento de una película de espías que un precepto penal. Hoy no es que no existan, sino que han sido sustituidos por los delitos contra la Constitución, entre los cuales los más conocidos son la rebelión y la sedición, nada fáciles de diferenciar, como vimos en el asunto conocido como Procés.
Entre estos, encontramos uno de esos delitos que yo calificaría de “ascensor”: suben o bajan según las tornas políticas. Algo así ocurre con el delito de convocatoria de referéndum ilegal. Aunque tal vez el delito ascensor por antonomasia es el aborto y sus distintas posibilidades de punición o impunidad
En otros casos, son las circunstancias las que mandan, incluidos los cambios legales. Es evidente que la supresión del servicio militar llevó consigo la despenalización de los delitos relacionados con la conducta de faltar a esa obligación, como los casos de insumisión que tanta faena dieron en su día, tanto relativos al servicio militar como a la prestación social sustitutoria Y, por supuesto, de un delito que siempre me resultó difícil de entender: la automutilación para eludir el servicio militar. No quiero ni imaginar lo duro que sería aquello para alguien que es capaz de cortarse un dedo con tal de evitarlo.
Por su parte, la realidad económica y social hizo que desapareciera un delito tan cometido en su día como el cheque sin fondos. Con el advenimiento de nuevas formas de pago, lo del cheque quedó más anticuado que, como diría Chiquito de la Calzada, el rodapié de las Cuevas de Altamira.
Para acabar, no podemos dejar de aludir a la evolución de los delitos sexuales, y más ahora, recién aprobada la llamada ley del “sí es sí”. Aunque siempre se han castigado, no siempre han sido objeto de castigo las mismas conductas. La violación anal, por ejemplo, aterrizó en el Código a finales del pasado siglo, al tiempo que estos delitos dejaron de tener por bien jurídico protegido la honestidad para pasar a considerar tal la libertad sexual. La violación, por su parte, siempre se ha castigado, aunque no siempre con ese nombre, y seguro que sorprende a más de uno y de una saber que lo que hoy conocemos por sumisión química cabía en la redacción original del delito de violación -en la referencia a “privada de sentido”- pero en una reforma en plena democracia se eliminó, como se eliminó e nombre de “violación” para sustituirlo por el de “agresión sexual” en contraposición al “abuso sexual”, lo que ha hecho correr muchos ríos de tinta.
Por último, a este respecto, una precisión. El delito de abuso sexual no desaparece, aunque desparezca su nombre, con mucho acierto, a mi juicio. Abusar es hacer un mal uso, y no se puede hacer un uso, bueno ni malo, de la libertad sexual. Pero las conductas que sancionaba siguen sancionándose, y siguen diferenciándose en función de su gravedad. No podía ser de otra manera.
Y hasta aquí, este breve repaso, sin pretensiones de exhaustividad, de algunos delitos que se calificaban como churros y que hoy han pasado al desván del olvido. El aplauso se lo daré, como pequeño homenaje, a todas y todos los operadores jurídicos que han ido adaptándose a los tiempos. Porque sin evolución no hay derecho.