
Desde que el mundo es mundo, las personas tratan de ponerse de acuerdo. Y también desde que el mundo es mundo, a veces lo consiguen y otras no. Y, como siempre, el cine se hace eco de esta tendencia, se trate solo de El acuerdo o El contrato, sea Un acuerdo original e incluso Un acuerdo de amor. En cualquier materia puede llegarse a acuerdos. O no
En nuestro teatro, como ya hemos visto en otros estrenos, los acuerdos forman parte de nuestro día a día. Ya dice un refrán popular que “más vale un mal acuerdo que un buen juicio” y lo aplicamos en materias como las conformidades o los acuerdos de cualquier tipo. Pero hoy, con la ley de eficiencia recién estrenada -aunque de momento, solo algunos trozos- hay que dar una nueva vuelta de tuerca al tema. No queda otra.
La nueva ley parece partir de la base de que hay que pactar o morir, o poco menos, Y así, crea los ya famosos MASC (medios adecuados de solución de controversias) que, según la propia web del Ministerio de Justicia “representan cualquier tipo de actividad negociadora a la que los pates en conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial al mismo, ya sea por sí mismos o con la intervención de una tercera persona imparcial y neutral”. Hasta aquí, impecable. El problema viene cuando lo que era una opción, negociar, se convierte en una obligación previa quieran o no quieran las partes y en este caso, en materia civil y mercantil, se ha convertido en un requisito previo obligatorio antes de acudir a la vía judicial. Y, la verdad, sin cuestionar la buena intención del legislador -démosle el beneficio de la duda- obligar a hacer algo que es voluntario es poco menos que un oxímoron. Porque aquí nadie ha descubierto la pólvora, y siempre ha existido la opción de los arreglos previos, judiciales o extrajudiciales. Quienes transitamos por Toguilandia los vemos incluso en las mismas puertas del juicio.
No es, desde luego, el primer intento de imponer las soluciones pactadas y ya hemos asistido a unos cuantos fracasos, más o menos estrepitosos, de esos intentos. Sin ir más lejos, y en la vía penal, el decreto de aceptación de la pena que introducía una reforma procesal de 2020 pretendía establecer un cauce para agilizar las conformidades que ha dado poco fruto. Entre otras cosas, porque la conformidad en sí ya existía, incluso en su versión bonificada en el juicio rápido, con rebaja de un tercio de la pena. Además, ya se habían arbitrado mecanismo como la cita previa en fiscalía para conformidades, iniciativa que incluso recibió un premio. De modo que lo del Decreto de aceptación de la pena ha sido poco menos que un bluf. Ignoro qué ha ocurrido en otros lugares, pero donde yo trabajo no he visto ni uno solo, porque no aportaba nada que no existiera ya.
Ahora también en la vía penal se introduce la obligatoriedad de una vista previa para intentar llegar a un acuerdo. Algo que, como idea no está mal, pero que tampoco descubre la pólvora. Porque, además de la ya citada cita previa y la conformidad en las Diligencias Urgentes -en la guardia o por transformación, una segunda oportunidad- algunos juzgados y tribunales habían instaurado la buena costumbre de intentar un primer señalamiento de aquellos juicios que a priori presentaban visos de ser “conformables” los meros efectos de constatar si existía acuerdo. Una buena práctica que no estaba establecida en ningún sitio pero que podía hacerse, y de hecho se hacía. Pero la pregunta es ¿puede imponerse como una obligación si todas las partes manifiestan que no hay posibilidad de acuerdo ninguna? ¿No se convertiría en un trámite más si no hay visos de éxito? Ahí lo dejo.
Tampoco es la primera vez que papá estado les dice a las partes que tienen que negociar sí o también, o al menos acreditar que lo han hecho formalmente. Ocurre en derecho laboral, y ocurre también en ese procedimiento penal casi olvidado que es el sumario especial por injurias y calumnias. Y es que si alguien está dispuesto a querellarse es difícil que en una vista previa cambie de opinión, salvo que haya algún ofrecimiento, generalmente económico, de la otra parte, y en ese caso podría hacerse extramuros de los juzgados si ningún problema. Pero igual son cosas mías.
La cuestión es que, como profesional e hija de abogado que soy, la experiencia me ha enseñado que el trabajo de la abogacía se desarrolla solo en un pequeño porcentaje en las salas de vista, y que las negociaciones previas en los despachos son una parte esencial de su día a día. Y ello, por supuesto, sin necesidad de que ninguna ley se lo diga.
Por último, y al hilo de todo esto, me vienen a la cabeza todos esos intentos de experiencias piloto de mediación penal, que nunca acaban de arrancar del todo. Otro melón al que hincarle el cuchillo.
Con todo esto, no me queda otro remedio que ser escéptica ante esta idea nada novedosa de tratar de incentivar las soluciones pactadas. Porque incentivar es una cosa, y obligar es otra. Y, de no llevarse bien la cosa, nos arriesgamos a que la idea acabe convirtiéndose en un trámite más con que colapsar los ya colapsados juzgados. Ojalá me equivoque y todo funcione sobre ruedas
Por eso mismo, dejo una vez más el aplauso en suspenso, a ver qué pasa. Porque el movimiento se demuestra andando.