
Los secuestros son un argumento recurrente para el mundo del cine. Sean basados en hechos reales o fruto de la imaginación de los guionistas, siempre es un buen argumento. Tanto es así, que son varias las películas que tienen como título Secuestrado, y otras tantas Desaparecido, entre ellas la conocida Missing.
En nuestro teatro la libertad ambulatoria es un bien jurídico que merece la máxima protección. Y, como no podía ser de otra manera, cuando se perturba, el ordenamiento jurídico da una respuesta, más contundente cuanto más grave es esa perturbación.
Pero las cosas nunca son tan sencillas como parecen y en estos temas, una vez más, la terminología no siempre coincide con lo que el mundo en general piensa o entiende. Sin ir más lejos, hasta no hace demasiado tiempo, el Código Penal no incluía el término “secuestro”, y lo que el mundo en general conocía como tal se castigaba bajo la denominación de “detención ilegal”, una palabra mucho menos expresiva.
Y, por otro lado, el rapto, que se entendía en muchos casos como un sinónimo de secuestro, era un delito específico con un componente de intención sexual que ya ha desaparecido como tal de nuestro Código.
Así que, recapitulando, a día de hoy el hecho de privar a alguien de su libertad ambulatoria, esto es, de la de poder ir o dejar de ir a donde quiera, se castiga como detención ilegal, agravándose cuando dura más de 15 días y atenuándose cuando dura menos de 3 días. El término “secuestro” queda circunscrito a los casos en que esa privación de libertad va acompañada de una condición económica o de cualquier otro tipo, para ponerla en libertad. O sea, lo que entendemos como “rescate” y que en tantas películas y series hemos visto.
No obstante, hay casos en que la libertad ambulatoria sí puede vulnerarse. De ahí, precisamente, que se hable de “detención ilegal” por contraposición a la “detención legal”, que es la que tiene causa justificada, como es la comisión de un delito, y que se lleva a cabo, en los más de los casos, por la autoridad o agentes de la misma. Y digo en los más de los casos porque hay situaciones excepcionales en que los particulares pueden detener, como es el caso de sorprender a una persona en flagrante delito o, en román, paladino, con las manos en la masa. También es posible para delincuentes que se fugan de la cárcel, aunque en la práctica es un supuesto poco común que sea un particular quien evite esa fuga con la det3ención del delincuente.
De otra parte, la propia ley de enjuiciamiento criminal dice que no se puede detener a nadie por delitos leves. Por descontado, habrá que exceptuar los casos de flagrancia, sobre todo si hablamos de delitos de hurto donde la cantidad sustraída determina si se trata de delito leve o menos grave. Será poco menos que absurdo pretender que el policía que va a detener a quien pilla quitando una cartera a ora persona sepa exactamente el dinero que llevaba o qué valor tenían los efectos que había en el bolso.
A mitad camino entre la libertad y la detención aparece una figura híbrida, la retención, que no tiene reflejo legislativo. Pero de alguna manera habrá que llamar, por ejemplo, la conducta del vigilante de seguridad que impide que salga del establecimiento el tipo que ha tratado de llevarse algo de una tienda. O la de quienes evitan con su intervención que se consume una pelea o una agresión de violencia de género.
Algo característico del delito de detención ilegal es que tiene carácter permanente, esto es, se considera que se sigue cometiendo mientras la persona está privada de libertad. Ello ha dado lugar, y sigue dando, a muchas disquisiciones en casos de detenciones de largo tiempo con final fatal como los tan conocidos casos de “bebés robados” o de las desapariciones forzadas durante el régimen anterior. Y no solo se trata de una cuestión de concepto, sino que pude tener importantes repercusiones, en especial en lo que atañe al inicio del cómputo para la prescripción de delito cometido.
Y hasta aquí, estas pequeñas pinceladas sobre un bien tan preciado como es la libertad. Y como de libertad se trata, libres son quienes me lean de darme el aplauso o no. Aunque, como siempre, espero merecerlo.