Ampliación violencia de género: cómo y por qué


              Cuando se avecina un cambio, hay de todo. Desde personas que se empecinan en el más claro inmovilismo, que más vale malo conocido que bueno por conocer, hasta las que dicen que hay que cambiar a toda costa, y renovarse o morir- El cambio es lo que tiene y tanto eso como Renovarse o morir son títulos de película

              En nuestro teatro, los cambios son muy mal vistos. Luego siempre nos adaptamos como podemos y hasta reconocemos a regañadientes que hay cosas que funcionan mejor. O, al menos, no peor. Si no fuera así, todavía continuaríamos con la máquina de escribir y el papel de calco. Y algo hemos mejorado, desde luego.

              Hoy toca hablar de una reforma específica que acaba de entrar en vigor, y cuya magnitud, por razones obvias, aun no conocemos. Se trata de la ampliación de la competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer a delitos cometidos fuera del ámbito de la pareja o expareja, como los delitos sexuales, la mutilación genital femenina, matrimonios forzados o la trata con fines de explotación sexual cuando la víctima es una fémina. Una modificación que nos han colado en la ley de eficiencia -debería ser eficacia, por cierto- pero que nada tiene que ver con ella. Más bien es un aprovechar que el Pisuerga pasa por Valladolid para meter otra reforma que estaba pendiente.

              ¿Y por qué digo que estaba pendiente? Pues porque es así, porque ya decía el Convenio de Estambul que había que incluir en la violencia de género todos los delitos cometidos conta la mujer por el hecho de serlo, como es el caso de los que hoy se amplían. Y el Convenio no hay que olvidar que es Derecho interno sin necesidad de transposición. Pero no solo eso. El pacto de estado contra las violencias machistas aprobado en 2017 también nos obligaba a ello, así que íbamos tarde. Había que coger el primer tren que pasara y que tuviera plazas libres, y ese tren han sido la ley de eficiencia. Ni más ni menos

              Al hilo de esto cabe que nos preguntemos si esa decisión ha sido acertada. Como si no tuviéramos bastante con los cambios que se nos han caído encima, que ya ni siquiera conservamos los nombres de toda la vida, pera meter de rondó esta reforma que estaba pendiente. Y, desde luego, si he de contestar yo mi respuesta sería un tajante “no”. Mejor hubiera sido hacer una cosa detrás de otra, pero es lo que hay. Y, en Valencia, además, mezclado con la implantación del nuevo sistema operativo de tramitación procesal, el Justa , que nos trae por la calle de la amargura. Que no nos falte de na.

              Pero hasta ahora solo hemos desgranado las razones legales de esta ampliación. Ahora hay que preguntarse si, formalidades aparte, esto es bueno o malo para las víctimas de estos delitos. Y ahí confieso que tengo el corazón partido. Por un lado, parece obvio que siendo la raíz común de todos estos delitos el machismo, esa naturaleza llevaría a meterlos en un mismo saco que, en nuestro caso, es un mismo juzgado, o tribunal, o sección o como puñetas se llame. A eso habría que añadir que, si se aspira a tener personal especializado, la formación en perspectiva de genero sería fundamental, y sirve para todos estos delitos.

              Pero también es verdad que la problemática de una pareja donde ha existido una relación, en gran parte de los casos con cuestiones económicas y relacionadas con las hijas e hijos, poco tiene que ver con la de un hombre y una mujer que no se conozcan de nada,  y, por ende, las cuestiones a resolver son esencialmente distintas.

              Esto, precisamente, lleva a la cuestión que mas me preocupa. ¿Qué pasará cuando en un juzgado de guardia, más aun si no es exclusivo, tienen que resolver en un mismo da, además de varias órdenes de protección, un asunto relacionado con una agresión sexual grupal o especialmente complicada? Pues, aun a riesgo de hacer espóiler -ya admitido por la RAE- os diré que será un desastre. O las mujeres esperando su orden tendrán que esperar mucho más, o la mujer agredida sexualmente quedará para último lugar, con lo que la espera supone. Si a eso añadimos que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, aunque sean exclusivos y de guardia diaria, se supone que solo cubre guarias de 12 horas y terminan a las 21.00 horas, las piezas del rompecabezas empiezan a saltar hasta hacer imposible el cuadro. Se quiera o no.

              Pero al final, todo es cuestión de medios. O casi todo. Los pocos juzgados creados al efecto no van a paliar de ningún modo ese riesgo. Y, ya que habían decidido que era el momento, debería haberse provisto con muchos más medios. O la burbuja reventará en cualquier momento. Ojalá me equivoque

              Y ahora solo me queda el aplauso. Pero va a ser un aplauso por omisión. Porque hasta que no vea cómo funciona la cosa, no hay aplauso ni abucheo que valga. Aunque si he de ser sincera, veo más cerca el segundo que el primero. El tiempo lo dirá

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