
A veces, hay que echarse atrás en las decisiones que tomamos. Y no pasas nada. Creíamos que las cosas eran bancas, y resultan ser negras, o grises. Y lo que procede entonces, más que el clásico “mantenella i no enmendalla” en acudir, una vez más al refranero: rectificar es de sabios. Como hicieron los protagonistas de Late Night, de La la land o hasta de Grease, al cambiar sus roles al final del filme.
En nuestro teatro los cambios de opinión son jurídicamente posibles, aunque no siempre están bien vistos. Y especialmente difícil resulta en el caso de la fiscalía que, asumiendo un papel de acusación a toda costa que ya hace tiempo que se quedó obsoleto, a veces hacemos un papelón. O corremos el riesgo de hacerlo si no cambiamos nuestra conclusiones a tiempo.
Veamos si no. Hay quien cree que conseguir que una fiscal retire una acusación es como poner una pica en Flandes. Pero hay que cambiar el chip de una vez por todas. Si partimos de la base de que la misión de la fiscalía no es acusar sino defender la legalidad, comprenderemos algo muy sencillo. Que, en defensa de la legalidad, a la sociedad le interesa tanto la absolución de un inocente como la condena de un culpable. Incluso, si me apuran, lo primero le interesa todavía más. Porque están en juego nada más y nada menos que los derechos de todas las personas.
Lo que pasa es que no es fácil desprenderse de la creencia -o tal vez debería decir leyenda urbana- de que el Ministerio Fiscal tiene por misión acusar a cualquier precio. Este rol, derivado en gran parte de las películas americanas donde el fiscal aspira a ser gobernador del Estado, hace que mucha gente crea que para nosotros retirar una acusación es poco menos que sentir que nos arrancan las uñas con hierros candentes. Y nada más lejos de la realidad.
Cuando las cosas cambian desde el momento en que se acusó porque no hay prueba, porque la misma ha devenido falsa, o porque la legislación ha cambiado, hay que saber modificar conclusiones. Que para eso eran provisionales cuando las hicimos y es en el juicio donde tenemos que modificarlas o elevarlas a definitivas. No podemos plegarnos a la inercia de que hay que mantenerlas a cualquier precio, aunque sea haciendo un informe para cubrir el expediente, porque eso no es así. En el proceso penal nos jugamos cosas demasiado importantes como para no ser susceptibles de variar la petición si varían las circunstancias. Hacerlo de otra manera nos convertiría en malos profesionales.
Atrás quedaron -afortunadamente- los tiempos el que cada miembro del Ministerio Fiscal se vanagloriaba de las condenas obtenidas al precio que fuera, como los vaqueros del salvaje Oeste. No estamos para hacernos muescas en la toga como si fuéramos el sheriff del condado.
Confieso que a mí no me gusta nada eso de “reproducir por vía de informe”. De hecho no lo hago nunca, porque me parece poco menos que decir que como no puedo justificar mantener la acusación, pues mejor callarme y dejarlo ahí. Creo que es mejor, como dice el refrán, una retirada a tiempo que una victoria.
Y sí, es cierto que cuando retiramos la acusación tenemos que elevar un informe a nuestro superior jerárquico para explicar las razones que nos han llevado a tomar tal decisión. Pero también es cierto que, en mis más de 30 años como fiscal, jamás me han discutido ni me han hecho el mínimo reproche por hacerlo, una vez explicado. Y aunque corra el rumor de que hay compañeras y compañeros que no retiran acusaciones por no hacer dicho informe, yo prefiero no creérmelo. Aunque, como dice mi hija, me tache de happy. O de hippy.
Así que con esto bajo el telón por hoy. Las retiradas de acusación existen, no como los Reyes Magos. No son los padres, por más que haya quien siga empeñado en creerlo. Por eso daré el aplauso a quienes, con honestidad y buen juicio nunca mejor dicho- retiran acusaciones cuando procede. Sean fiscales o acusaciones. Porque eso es lo que nos exige el estado de Derecho