Im(precisión): ¿hilando fino?


hilando

En el mundo del arte existe algo que se conoce como “licencias poéticas” –aunque no se trate de poesía- para justificar algún desacuerdo o falta de fidelidad con la realidad con tal de que la obra resulte atractiva. No está mal, cuando viene al caso, aligerar un rollo filosófico, histórico o jurídico que podría aburrir al espectador, aunque pueda resultar superficial para quien si está versado en tal o cual tema. Pero no hay que pasarse de rosca, o la cosa pierde credibilidad y hasta su atractivo. No se puede pasar por alto el reloj de muñeca del que tantas veces se hablado en uno de los remeros de Ben Hur aunque yo nunca lo ví –y creo que es una leyenda urbana-. Ni tampoco, relacionando nuestros dos mundos, reproducir juicios en los que cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia, como vimos en el estreno dedicado a las series de televisión.

Y, como quiera que nuestro teatro está cada día más en el candelero –o en  el candelabro, como acuñó la famosuela de turno- y somos pasto de titulares , opiniones, o ríos de tinta o de plasma, muchas veces encontramos cosas que a quienes transitamos por Toguilandia nos dejan de pasta de boniato. ¿Tendrían que hacérselo mirar o hilamos demasiado fino?. No me contesten ahora, háganlo después del post.

Aunque los ejemplos son muchos, he recogido unos cuantos de la vida diaria, de esos que vemos en prensa o tele o de los que me he encontrado en el trabajo.

Hay algo que trae a mal traer a quien escribe de tribunales. Se trata de la diferencia entre procesado, investigado, imputado, sospechoso o culpable, con su «presunto» delante si toca.  Y es que aunque gusta mucho escribir eso de “se ha decretado el procesamiento de Fulanito por tal cosa”, la realidad es que en la inmensa mayoría de los casos no es correcto, porque procesados solo lo son quienes han cometido, presuntamente, un delito al que la ley atribuye pena de prisión superior a nueve años o de otra naturaleza de duración aun mayor. Pero claro, suena mucho mejor decir esto que explicar que “se ha dictado auto de incoación de procedimiento abreviado”, porque la versión B), el llamado «auto de imputación», tampoco existe en la ley, por más que en algún asunto mediático o complejo se haya dictado. Y ni que decir tiene que, tras el cambio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que sustituyó el término “imputado” por el de “investigado” suena todavía peor. A ver cómo explicamos que, tras la instrucción, se ha dictado auto de investigación. Porque cualquiera preguntaría ¿Y que han estado haciendo hasta ahora, si no era investigar?, o ¿cómo han investigado para declarar investigado a alguien?. Y con razón. Yo también me lo pregunto, y se lo sigo preguntando al legislador que tuvo la feliz idea.

Pero las perlas salen de las ostras mediáticas por doquier. Así oí en estos días, oí algo que me dejó estupefacta: “el imputado se acogió a su derecho a no testificar”. No hay que ser un lince para deducir que quien testifica es el testigo, y si es imputado, obviamente, no puede serlo. Y que, para acabarlo de rematar, ni se llama ya “imputado” ni el derecho a no testificar existe. Lo que existe es el derecho a no declarar contra sí mismo y a no declararse culpable para quienes comparecen en calidad de detenidos, investigados o procesados, según el caso.

Ahí no queda la cosa. Otro compañero me apuntaba que ese mismo día había escuchado esto: “el asesino confeso no declaró” ¿Mande? Me pregunto cómo podía ser confeso –salvo que se hable en términos religiosos- si no abrió la boca, si adivinaron por telepatia o por un medio desconocido. La explicación también es sencilla: pudo declarar en comisaría y confesar, y luego no hacerlo en el juzgado. Pero no deja de resultar chocante la frasecita.

Y, hablando de investigados y sus declaraciones, también recogí otra que me gustó mucho: «el  acusado mantuvo que fue homicidio y no asesinato». Mire usted, salvo que el acusado Zutanito fuera letrado e hiciera un alegato como tal, no veo yo al presunto analizando las circunstancias que transforman el homicidio en asesinato. Pudo decir que no le pilló de sorpresa, que no se ensañó o que no cobró precio, pero hasta ahí. Y aun me parece mucho. Pero igual era muy listo listisímo, o se había ilustrado en la twiteroteca, que nunca se sabe.

También hace nada oia otra frase lapidaria: “la detenida quedó en libertad sin cargos pero conserva la calidad de investigada”. Vamos a ver. Aparte de que la libertad con cargos o sin ellos no existe como tal en nuestras leyes, si lo entendemos en el sentido de que no se tiene nada contra esa persona, obviamente, no podría seguir como investigada. Salvo que se cometiese una prevaricación y se presumiese, además de ella. Lo correcto sería que quedó en libertad provisional pero en calidad de investigada.

Y hablando de libertad provisional y su contraria, la prisión provisional o preventiva, ahí va otra perla. “El Tribunal Supremo ha decidido que la prisión preventiva no es revisable”. Me lo expliquen. Lo que ha decidido es revisar la decisión de otro órgano –porque es, precisamente, revisable- y no cambiar el criterio. O sea, que la ha revisado, ergo no se puede decir que no sea revisable. Más bien se trata de tiempos verbales: ha revisado y ha decidido mantenerla. Y punto pelota.

Y cómo no, al hilo del tan traído y llevado artículo 155 de la Constitución, otra maravilla. Decían que, desde que entró en vigor el pasado año el artículo 155 la situación en Cataluña era así o asá. ¿Entrada en vigor? ¿Qué me he perdido? Si este artíículo, como la Constitución enterita, entró en vigor en 1978, nada menos. Lo que ocurrió ahora es que se aplicó. Y se aplicó, precisamente, porque estaba en vigor.

Pero no se vayan todavia, que aún hay más. Calentita me traigo otra joya de hoy mismo. Parece ser que, según el informativo, cierto señor fugado trataba de “pactar su vuelta a España con el juez”. Que ya es, no sé si por parte del señor o de quien lo cuenta. Pero lo mejor viene ahora: “el juez ni siquiera quiso atenderle y le derivó a su secretaria”. ¿Cooomorrrrr?. ¿Cuántas veces habremos dicho que los jueces no tienen secretaria? –ni secretario-. O era una Letrada de la Administración de Justicia –antigua secretaria judicial, que no secretaria del juez- y ni se han enterado del cambio de nombre ni de que se trataba precisamente de evitar eso , o era una funcionaria. O bien, sres de los informativos, confiesan inmediatamente dónde hay que ir para pedirse un secretario o secretaria particular, que yo también quiero.

Así que, llegado el momento, dejo al público la decisión de si hilamos fino cuando nos quejamos. Si somos como la Bella Durmiente con su huso y su rueca, o llevamos algo de razón. Y, por supuesto, decida el respetable el aplauso merecido. O no. Pero no nos manden a hilar puñetas, que ya tenemos.

Y por cierto, seguiremos hilando en más estrenos, que éste se quedó corto.

5 comentarios en “Im(precisión): ¿hilando fino?

  1. Los medios a veces actúan como movimientos extremistas. Haciendo culpables… a quien todavía no fue juzgado, y eliminando la presunción. Las masas se convierten en el brazo ejecutor, sin analizar el interés mediático del sospechoso.

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  2. Otra perla es ese mantra que se repite batallonamente por sectores proclives al independentismo: el denominado «derecho a decidir». No existe como tal un derecho a decidir colectivo, ni quienes lo reclaman, al hacerlo, se están acogiendo a ningún marco ni político ni legal, pero aun así, gramaticalmente, es una fase mal construida por incompleta, lo normal es que se decida sobre esto o sobre lo otro, pero no decidir a secas ¿A decidir qué? Decidir es un verbo transitivo, por Dios. Es como si alguien reclamara el «derecho a llevar», o «a entregar» o «a portar». A llevar qué, a entregar qué y a portar qué, tendríamos que preguntar de inmediato.

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